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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416288 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban la Modificación de Cuadros para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud de Lima, de Servicios Básicos de Salud Cañete- Yauyos y de diversos hospitales ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2010-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO: El Consejo Regional de Lima en su Sesión Extraordinaria del 23 de febrero del 2010, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTOS: El Ofi cio Nº 043-2010-GRL-GGR de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Lima, que remite la Propuesta de Modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Estado, establece que la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de la descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, en su artículo 2º establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y presupuestal un pliego presupuestal; y en su artículo 9º, literal a), establece que una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales es la de aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Ley Nº 29645, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, en su artículo 9º, literal b), entre otras disposiciones Autoriza el Nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los Profesionales No Médicos Cirujanos y del Personal Técnico Asistencial y Administrativo, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi ere las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, que a la vigencia de la presente norma no hayan sido nombrados en el marco de las citadas leyes; Que, mediante Ley Nº 28632, Ley que establece las normas y procedimientos para el nombramiento del personal profesional No Médico Cirujano, en marco de la Ley Nº 28498, en su artículo 9º, dispone que la acción de nombramiento del personal profesional de la salud, requiere previa a su ejecución, que las plazas a ser cubiertas estén implementadas y presupuestadas en el Presupuesto Analítico de Personal, de acuerdo a los cargos del Cuadro para Asignación de Personal y disponibilidad presupuestal de los establecimientos y unidades ejecutoras que componen las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 097-2006-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28560, “Ley de Nombramiento del Personal Técnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial que se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad por el ministerio de Salud a nivel Nacional”, en su artículo 10º, se establece que la acción de nombramiento del personal contratado, requiere previa a su ejecución, que las plazas a ser cubiertas estén implementadas y presupuestadas en el Presupuesto Analítico de Personal, de acuerdo a los cargos del Cuadro para Asignación de Personal y disponibilidad presupuestal del Ministerio de Salud y unidades ejecutoras que componen las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2008-CR/ RL se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud Lima y de las Unidades Ejecutoras de su ámbito de competencia; Que, mediante el Ofi cio Nº 043-2010-GRL-GGR, de fecha 19 de febrero del 2010, la Gerencia General Regional propone la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional de Lima, con el propósito de incorporar al 100% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicio y auxiliar asistencial respectivamente, que se encuentran aptos para nombrarse en el marco de las Leyes Nº 28498 y Nº 28560. Que, mediante el Informe Nº 026-2010-GRL-GRPPAT, de fecha 19 de febrero del 2010, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima, otorga Opinión Técnica Favorable a la Propuesta de Modifi cación de los Cuadros de Asignación de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras de Salud: Dirección Regional de Salud de Lima; Hospital Huacho-Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud; Servicios Básicos de Salud Cañete- Yauyos; Hospital de Apoyo Rezola; Hospital Barranca- Cajatambo y Servicios Básicos de Salud; Hospital de Chancay y Servicios Básicos de Salud; Hospital de Huaral y Servicios Básicos de Salud; desagregado a nivel de Redes, Hospitales y Microredes, según corresponda, en los cuales se ha incorporado como plazas previstas al 100% de los Profesionales No Médicos Cirujanos y del Personal Técnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicio y Auxiliar Asistencial respectivamente, que se encuentran Aptos para Nombrarse en el Marco de las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, deduciendo los que a la fecha ya fueron nombrados; en el caso de la Red de Salud Chilca Mala se concluye que no se requiere modifi car su Cuadro para Asignación de Personal. Que, mediante el Informe Nº 0261-2010-GRL-SGRAJ, de fecha 19 de febrero del 2010, la Sub-Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, otorga Opinión Legal Favorable a la Propuesta de Modifi cación de los Cuadros de Asignación de Personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras de Salud: Dirección Regional de Salud de Lima; Hospital Huacho-Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud; Servicios Básicos de Salud Cañete- Yauyos; Hospital de Apoyo Rezola; Hospital Barranca- Cajatambo y Servicios Básicos de Salud; Hospital de Chancay y Servicios Básicos de Salud; Hospital de Huaral y Servicios Básicos de Salud; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, luego de un amplio debate y con el voto unánime de los Consejeros y Consejeras Regionales concurrentes a la Sesión Extraordinaria de fecha 23 de febrero del 2010, ha emitido la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) siguientes: 1. Dirección Regional de Salud de Lima, Unidad Ejecutora 400, que consta Ochocientos Ochenta y Ocho (888) cargos, de los cuales Doscientos Treinta y Seis (236) se encuentran ocupados y Seiscientos Cincuenta y Dos (652) son previstos. 2. Hospital Huacho – Huaura - Oyón y Servicios Básicos de Salud que consta de Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres (1,463) cargos, de los cuales Quinientos Cuarenta y Siete (547) se encuentran ocupados y Novecientos Dieciséis (916) son previstos. 3. Servicios Básicos de Salud Cañete - Yauyos que consta de Setecientos Ochenta y Siete (787) cargos, de