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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2010 (27/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de marzo de 2010 416287 Artículo Tercero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS N° 131-2002, para incorporar el Procedimiento Nº 147 “Autorización excepcional para la contratación de reaseguros con reaseguradores extranjeros”, cuyo texto se anexa a la presente resolución y se publicará conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, Reglamento de la Ley N° 29091, en el portal institucional: www.sbs.gob.pe. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución SBS N° 282-2003 del 6 de marzo de 2003 y sus modifi catorias. La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 473367-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 076-2009-CR-GRH. Huánuco, 17 de noviembre del 2009. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha veintinueve de octubre del dos mil nueve, el Dictamen Nº 076-2009-CPPPATAl/CR-GRH, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, sobre la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Sede del Gobierno Regional Huánuco; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, que tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 6º del Artículo 192 de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional, en armonía con las políticas y planes nacionales. Que, el Artículo 4to de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de la modernización de la gestión del estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados. Que, mediante el D.S. Nº 043-2006-PCM se aprobaron los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones teniendo como fi nalidad, el generar la aprobación de un ROF, que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y la de los órganos que lo integran acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración publica que establece la Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de recursos públicos e identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 058-2009- CR-GRH de fecha 12 de marzo del 2009 se aprobó la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR-GRH; sin embargo, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, mediante el informe Nº 229-2008-GRH-GRPPAT/SGDIS de fecha 14 de agosto del 2009, presentó la Propuesta de Modifi cación al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco, a razón de las necesidades surgidas de la experiencia de la descentralización y en concordancia con la normatividad vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional, con la fi nalidad de evitar cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, el numeral 1.1. del artículo IV de la Ley N° 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General, establece que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho dentro de las facultades que le están atribuidos y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidos. Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribución del Consejo Regional, el aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 38º de la norma acotada, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la Organización y Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, por lo que; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido por los artículos 15º y 16º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de la referencia; con dispensa de lectura y aprobación del acta; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco, que consta de nueve (9) Títulos, Once (11) Capítulos, ciento cincuenta (150) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales; comprende asimismo el organigrama de la estructura orgánica, cuyo texto forma parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- DEROGAR, cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JORGE ESPINOZA EGOÁVIL Presidente 473220-1