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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2010 (01/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de mayo de 2010 418272 de trece (13) predios afectados por el área de concesión de la carretera Empalme R1B, Buenos Aires - Canchaque, en adelante el área de concesión; Que, con fecha 9 de febrero de 2007, se suscribió el Contrato de Concesión de las Obras y Mantenimiento de los Tramos Viales: Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque, entre el Estado de la República del Perú, actuando a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante MTC, y la Concesión Canchaque S.A; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 602-2007/MTC/02 de fecha 11 de octubre de 2007, se autorizó a PROVIAS NACIONAL para que en representación del MTC realice las actividades necesarias para la elaboración, actualización e implementación de los Programas de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI, así como a realizar las gestiones para liberar las interferencias de los servicios públicos que se encuentren dentro del Derecho de Vía, respecto de los Contratos de Concesión de los proyectos de infraestructura de transporte que comprende la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesión o cualquier otra forma que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, dentro de los alcances del Convenio Marco Nº 025-2006-MTC/20, PROVIAS NACIONAL y DNC suscribieron, con fecha 17 de abril de 2009, el Convenio Específi co Nº 042 de fecha 17 de abril de 2009, con el objeto de realizar las valuaciones comerciales de setenta y tres (73) predios (terrenos y cultivos) afectados por la concesión de la carretera Empalme R1B Buenos Aires - Canchaque, localizados en los distritos de Canchaque y San Miguel de el Faique de la provincia de Huancabamba, y el distrito de Salitral de la provincia de Morropón, departamento de Piura; Que, con Memorándum Nº 1035-2010-MTC/20.6, el Gerente de Unidad Gerencial Estudios de PROVIAS NACIONAL, adjunta el Informe Nº 003-2010-CETM/SC mediante el cual se comunica que la DNC, con Ofi cio Nº 1001-2009-VIVIENDA- VMCS-DNC, remitió a PROVIAS NACIONAL los Informes Técnicos de Tasación materia del Convenio Específi co antes indicado, precisando que, de los setenta y tres (73) Informes Técnicos de Tasación remitidos por la DNC, cuarenta y seis (46) corresponden a posesionarios, ocho (08) ya cuentan con Resolución Ministerial que aprueba las Tasaciones, tres (03) han sido objeto de oposición en la etapa de publicación, uno (01) se encuentra en trámite para su inmatriculación, dos (02) serán tramitados como transferencia interestatal por pertenecer al Ministerio de Agricultura y trece (13) se encuentran expeditos para ser aprobados al contar, sus propietarios, con derecho de propiedad debidamente inscrito; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, con Informe Nº 154-2010-MTC- 20.3, concluye que, luego de efectuada la revisión de los documentos que obran en el Expediente así como del análisis de la normativa correspondiente, es procedente efectuar el trámite de aprobación, mediante Resolución Ministerial, de las tasaciones de los trece (13) predios afectados por el área de concesión, materia de la presente resolución; Que, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL con Memorándum Nº 1270-2010-MTC/20, remite a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 004- 2010-CETM/SMAS, mediante el cual, de acuerdo al requerimiento formulado mediante Informe Nº 889-2010- MTC/08, acredita la propiedad registral de los predios materia del indicado informe, adjuntando para ello la copia de las Fichas Registrales Nºs. 16183 y 19999; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley antes indicada, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento estando a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27628 y 29370 así como en el Decreto Supremo Nº 021-2007- MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las tasaciones, elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de los trece (13) predios, afectados por el área de concesión de la carretera Empalme R1B Buenos Aires - Canchaque, localizados en los distritos de Canchaque y San Miguel de el Faique de la provincia de Huancabamba, y el distrito de Salitral de la provincia de Morropón, departamento de Piura, conforme al detalle que se señala en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO PREDIOS QUE SERÁN AFECTADOS POR EL ÁREA DE CONCESIÓN DE LA CARRETERA EMPALME R1B BUENOS AIRES CANCHAQUE Nº UNIDAD CATASTRAL VALOR COMERCIAL $ 1 046693 226,03 2 047308 59,19 3 047311 177,19 4 046670 209,09 5 046668 426,23 6 046676 223,82 7 046682 175,15 8 046578 494,94 9 046681 506,88 10 046679 160,84 11 046678 519,43 12 78097 28,77 13 14634 358,21 488554-1 Autorizan a Señor de los Milagros II Servicios Múltiples S.A.C. como taller de conversión a gas licuado de petróleo en el distrito de Chorrillos, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 556-2010-MTC/15 Lima, 25 de febrero de 2010 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2010-001493 y 2010-002683 de fechas 28 de enero y 17 de febrero del 2010 respectivamente, presentados por la empresa SEÑOR DE LOS MILAGROS II SERVICIOS MULTIPLES S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para operar como Taller de Conversión a Gas Licuado de Petróleo – GLP; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, modifi cada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC sobre “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades