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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2010 (01/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de mayo de 2010 418282 Estatal 0 a 20 0,185 0,204 0,224 0,224 0,224 20 a más 0,421 0,463 0,509 0,509 0,509 (6) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la fórmula tarifaria de 10,0% y 10,0% correspondientes a los años 2 y 3. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 20 20 20 50 20 A.4.- Localidades de Lunahuaná y Calango 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,40 El cargo fi jo se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,222 0,222 0,222 0,222 0,222 Doméstico 0 a 8 0,222 0,222 0,222 0,222 0,222 8 a 20 0,377 0,377 0,377 0,377 0,377 20 a más 0,720 0,720 0,720 0,720 0,720 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,572 0,572 0,572 0,572 0,572 30 a más 1,131 1,131 1,131 1,131 1,131 Industrial 0 a más 1,131 1,131 1,131 1,131 1,131 Estatal 0 a 30 0,572 0,572 0,572 0,572 0,572 30 a más 1,131 1,131 1,131 1,131 1,131 b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORÍA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,102 0,102 0,102 0,102 0,102 Doméstico 0 a 8 0,102 0,102 0,102 0,102 0,102 8 a 20 0,174 0,174 0,174 0,174 0,174 20 a más 0,331 0,331 0,331 0,331 0,331 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,263 0,263 0,263 0,263 0,263 30 a más 0,521 0,521 0,521 0,521 0,521 Industrial 0 a más 0,521 0,521 0,521 0,521 0,521 Estatal 0 a 30 0,263 0,263 0,263 0,263 0,263 30 a más 0,521 0,521 0,521 0,521 0,521 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial(1) Industrial Estatal(2) 20 20 30 60 50 30 60 (1) Categoría Comercial a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 100 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 30 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 30 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo - La Asignación de Consumo de 60 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. A partir del segundo año será de aplicación solamente la Asignación de Consumo de 30 m3. (2) Categoría Estatal a. Aplicación de Asignación de Consumo - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 100 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 60 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 60 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 50 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignación de Consumo actual de 30 m3 se le aplicará Asignación de Consumo equivalente a 30 m3. b. Vigencia de Asignación de Consumo - La Asignación de Consumo de 60 m3 se aplicará hasta el término del primer año regulatorio de vigencia de la fórmula tarifaria. A partir del segundo año, será de aplicación para dichos usuarios la asignación de consumo de 30 m3. A.5.- Localidad de Santa Cruz de Flores 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,40 El cargo fi jo se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORÍA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Año 1(7) Año 2 Año 3(7) Año 4 Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,450 0,450 0,491 0,491 0,491 Doméstico 0 a 8 0,450 0,450 0,491 0,491 0,491 8 a 20 0,466 0,466 0,508 0,508 0,508 20 a más 0,968 0,968 1,056 1,056 1,056 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 20 0,573 0,573 0,625 0,625 0,625 20 a más 1,230 1,230 1,342 1,342 1,342 Industrial 0 a más 1,230 1,230 1,342 1,342 1,342 Estatal 0 a 20 0,573 0,573 0,625 0,625 0,625 20 a más 1,230 1,230 1,342 1,342 1,342 (7) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la fórmula tarifaria de 5,0% y 9,1% correspondientes a los años 1 y 3. Sin embargo, los incrementos tarifarios a partir del segundo año se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado