Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2010 (06/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418501

de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Exonerar del pago de derechos por concepto de licencia de construccion a la Asociacion Iglesia Centro MORDAZA del Peru, por la edificacion de su nueva sede, sito en Av. MORDAZA MORDAZA, Cuadra 13 ­ Bellavista, de acuerdo a lo solicitado en el Expediente Nº 17031-2008 y al proyecto presentado y aprobado por la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos en el Expediente Nº 16894-2008. Articulo 2º.- La exoneracion tributaria concedida en el articulo precedente no exime a la Asociacion Iglesia Centro MORDAZA del Peru del control que compete ejercer a la Municipalidad Distrital de Bellavista sobre la obra a ejecutar y del cumplimiento de las medidas de seguridad que corresponden de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion y Finanzas y Direccion de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente MORDAZA municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 489883-1

Articulo 2º.- ALCANCE.- La presente Ordenanza es de aplicacion a las personas naturales y juridicas del distrito, que tengan deudas por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias en el estado de cobranza y/o reclamo en que se encuentren. Articulo 3º.- BENEFICIOS a) Condonacion de reajustes, intereses moratorios, costas y gastos imputados a las deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para la generalidad de contribuyentes. b) Condonacion del 100% de las deudas por Multas Tributarias para la generalidad de contribuyentes, siempre que cumplan o hayan cumplido con la MORDAZA de su declaracion jurada y se encuentren al dia en el Impuesto Predial del ano al que corresponda la multa. c) Descuento en los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para los contribuyentes propietarios, poseedores y/o conductores de predios que cancelen al contado sus adeudos por arbitrios municipales, siempre y cuando se encuentren al dia en el Impuesto Predial del ano al que corresponda la deuda de arbitrios a cancelar, segun la siguiente escala: · 80% de descuento del insoluto para los anos 2001 y 2002 · 70% de descuento del Insoluto para el ano 2003 · 60% de descuento del Insoluto para el ano 2004 · 50% de descuento del Insoluto para el ano 2005 · 10% de descuento del Insoluto para los anos 2006, 2007, 2008 y 2009 d) Descuentos para los contribuyentes que cancelen hasta el 31 de MORDAZA del presente ano la totalidad de sus adeudos por arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio fiscal 2010, cuyos predios correspondan al uso de MORDAZA habitacion, comercio, servicios y/o otros, bajo las siguientes condiciones: a. Descuento del 20% de los arbitrios 2010 para los contribuyentes que hayan cancelado el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ano 2009. b. Descuento del 10% de los arbitrios 2010 para los contribuyentes que hayan cancelado los Arbitrios Municipales hasta el ano 2009. No se encuentran comprendidos dentro de los alcances del beneficio establecido en el presente inciso, los predios de uso Industria. e) Los contribuyentes podran solicitar el fraccionamiento de sus deudas por Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo hasta el ano 2009, sin reajustes, intereses moratorios, costas y gastos; siempre y cuando no registren fraccionamientos pendientes de pago. f) Los contribuyentes que registren deudas por fraccionamientos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, podran acogerse al beneficio establecido en el inciso a), siempre que el saldo de las cuotas restantes MORDAZA canceladas integramente. Articulo 4º.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA.- La presente Ordenanza rige desde el 1 al 31 de MORDAZA de 2010. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Participacion Vecinal y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 489875-1

Aprueban beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2010-CDB Bellavista, 26 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, el Articulo 52º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, dispone que los gobiernos locales administran, por excepcion, los Impuestos que la Ley les asigne; pudiendo conforme a lo senalado en el articulo 41º de la citada MORDAZA, condonar excepcionalmente con caracter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto de los tributos que administre. Que, el Concejo Distrital de Bellavista, ha visto pertinente y necesario otorgar beneficios tributarios para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Estando a lo expuesto con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; el Concejo ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo 1º.- OBJETIVO.- Facilitar a los contribuyentes del Distrito de Bellavista la regularizacion y cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban ampliacion de la Amnistia Tributaria de exoneracion de los intereses moratorios y sanciones impuestas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2010-MDCH Chancay, 30 de MORDAZA del 2010

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