Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2010 (06/05/2010)
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TEXTO DE LA PÁGINA 63
El Peruano MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2010
NORMAS LEGALES
418493
Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Economia y Finanzas el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. PISCOYA MORDAZA Presidente de la Comision Organizadora 489602-1
GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban el Proyecto Educativo Regional de Tumbes 2010-2025 PER Tumbes
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2010-GOB.REG. TUMBES-CR EL CONSEJO REGIONAL TUMBES POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, en Sesion Extraordinaria de Consejo Nº 03 de fecha 04 de Febrero del 2010, aprobo mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 009-2010/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Dictamen de la Comision de Desarrollo Social. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia asi como aprobar su organizacion interna y su presupuesto. Que, el articulo 14º de la Constitucion Politica del Peru, senala: "La educacion promueve el conocimiento, el aprendizaje y la practica de las humanidades, la ciencia, la tecnica, las artes, la educacion fisica y el deporte. Prepara para la MORDAZA y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es deber del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del pais. La formacion etica y civica y la ensenanza de la Constitucion y de los derechos humanos son obligatorias en todo el MORDAZA educativo civil o militar. La educacion religiosa se imparte con respeto a la MORDAZA de las conciencias. La ensenanza se imparte, en todos sus niveles, con sujecion a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institucion educativa; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en su articulo 47º senala que son funciones del Gobierno Regional: a) formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region; b) Disenar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el programa de desarrollo del deporte y recreacion de la region, en concordancia con la politica educativa nacional; c) Diversificar los curriculos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica, respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos y h) Integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico, a la mejora en la productividad y competitividad de la region; en lo social, a propiciar la
igualdad de oportunidades, la integracion y la inclusion a nivel regional; en lo politico, al afianzamiento de los mecanismos de participacion ciudadana y rendicion de cuentas en los distintos niveles de gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad; Que, con resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 016-2007-PCM/SD, se han acreditado las funciones en materia de Educacion, Cultura, Ciencia, Tecnologia, Deporte y Recreacion; Que, una de las principales competencias que asume el Gobierno Regional en el quehacer educativo de sus respectivos ambitos es la formulacion del Proyecto Educativo Regional PER, con la propuesta de que este se vincule adecuadamente a las necesidades y retos del desarrollo regional, siendo no solo responsabilidad del Gobierno Regional y Municipalidades sino tambien de toda la sociedad civil organizada de Tumbes; Que, con el Proyecto Educativo Regional PER, se busca vincular los esfuerzos por el cambio educativo dentro de una vision de desarrollo que movilice los recursos y potencialidades de la region y fortalezca las identidades locales dentro de un MORDAZA de integracion nacional; Que, el PER es un MORDAZA de movilizacion y construccion colectiva y participativa de una propuesta educativa para la region, que concibe a la educacion como un MORDAZA que compete a todos los actores y ciudadanos regionales y no solo a las autoridades del Estado; Que, el PER, es el principal instrumento orientador de politica y gestion educativa regional, y en su elaboracion se ha contado con la participacion de la sociedad civil y autoridades del departamento, permitiendo concretar acuerdos y compromisos reciprocos en torno a objetivos planteados colectivamente, articulandose con el Proyecto Educativo Nacional e integrandose al Plan Concertado de Desarrollo Regional de Tumbes; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, en su Art. 47º, inciso b), senala como funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de Educacion: "Disenar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los Programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el Programa de Desarrollo del deporte y recreacion de la region, en concordancia con la Politica Educativa nacional; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28968 y 29053; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, el Proyecto Educativo Regional de Tumbes 2010-2025.-PER Tumbes, disponiendo que su implementacion es de necesidad publica regional y vinculante a la toma de decisiones en materia educativa de todas las instituciones y sociedad civil organizada de Tumbes. Articulo Segundo.- RECONOCER al Proyecto Educativo Regional de Tumbes PER Tumbes, como el instrumento de Politica y Gestion Educativa Regional, constituida por un conjunto de propuestas integrales de cambios permanentes en los procesos de acondicionamiento en infraestructura, equipamiento, y de gestion educativa de la region articulados al desarrollo regional y a la formacion de los nuevos ciudadanos que Tumbes necesita. Articulo Tercero.- APROBAR el PER como un instrumento de planificacion orientador de la politica y gestion educativa regional, que se debe actualizar permanentemente de acuerdo a nuestra realidad socio economico y cultural regional, de acuerdo a la politica educativa nacional. Articulo Cuarto.- Los responsables de la ejecucion o puesta en marcha del Proyecto Educativo Regional estara a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Direccion Regional de Educacion del Gobierno Regional; el COPARE y los Gobiernos Locales de la Region Tumbes.