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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2010 (07/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de mayo de 2010 418525 de fecha 28 de abril de 2010, del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Papeleta de Trámite R-55-SGFA-Nº 2308 de fecha 29 de abril de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú, quienes conformarán la tripulación de las aeronaves que trasladará al personal integrante del Contingente Adicional de la Compañía Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), en las fechas que se detallan en la parte resolutiva de la presente resolución; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú, quienes conformarán la tripulación de las aeronaves que trasladarán al personal integrante del Contingente Adicional de la Compañía Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), en las fechas que se detallan a continuación: Del 10 al 11 de mayo de 2010 AERONAVE PRINCIPAL HERCULES L-100-20 FAP 382 AERONAVE ALTERNA HERCULES L-100-20 FAP 397 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Comandante FAP TONINO ANNICCHIARICO ONGARO Piloto Comandante FAP LUIS FERNANDO BOURONCLE LUNA Piloto Comandante FAP ROBERTO MARTIN ARANDA DEL CASTILLO Piloto Mayor FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR Piloto Téc. Inspector FAP RICARDO RAMOS GARCES Ing. Vuelo Téc. Inspector FAP CARLOS ALBERTO SARAVIA TASAYCO Cargo Master Téc. 1ra. FAP GUSTAVO SALAS POSTIGO Ing. Vuelo Téc. 1ra. FAP YVER CONVERSIÓN TREBEJO DOLORES Cargo Master TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP LEONARDO ENRIQUE LEVY HUAMANI Piloto Mayor FAP JORGE CESAR ZAPATA TIPIAN Piloto Téc. 1ra. FAP SEGUNDO RAFAEL SUYON AGUIRRE Cargo Master Téc. 2da. FAP HECTOR ELEAZAR ESTRADA CALDAS Ing. Vuelo Del 17 al 18 de mayo de 2010 AERONAVE PRINCIPAL HERCULES L-100-20 FAP 392 AERONAVE ALTERNA HERCULES L-100-20 FAP 387 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Coronel FAP MARCOS MOISÉS HUAMAN CORRALES Piloto Comandante FAP LUIS FERNANDO BOURONCLE LUNA Piloto Mayor FAP VICTOR REYNALDO BUSTAMANTE VELASCO Piloto Mayor FAP JORGE CESAR ZAPATA TIPIAN Piloto Téc. 1ra. FAP LIBORIO ESTEBAN SANTOS PURISACA Cargo Master Téc. 1ra. FAP ROBINSON ROJAS GRANDES Cargo Master Téc. 2da. FAP JOSE CRUZ RAMIREZ ORTIZ Ing. Vuelo Téc. 2da. FAP JOSE LUIS SEGOVIA COAGUILA Ing. Vuelo TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP LEONARDO ENRIQUE LEVY HUAMANI Piloto Comandante FAP CARLOS EDUARDO CERNA BARRA Piloto Téc. 1ra. FAP ANTONIO SUPO TIPULA Ing. Vuelo Téc. 1ra. FAP OSCAR ALFREDO YANQUI CHAMPI Cargo Master Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 240 x 2 días x 16 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 490783-10 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador, México y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2010-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) N° 483 de fecha 05 de mayo de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XIV Ronda de Conversaciones realizada entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Ecuador, se acordó la realización de intercambios de visitas profesionales de autoridades navales para el año 2010, considerándose una visita a la Comandancia del Escuadrón de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley N° 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, al CAPITAN DE FRAGATA EM. DAVID PALMA ACOSTA, de la Armada Ecuatoriana, sin armas de guerra, para que realice una visita ofi cial a la Comandancia del