Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2010 (22/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2010

El MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Katsumi Maezono Yamashita es porque se declare fundado en parte el recurso extraordinario formulado por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los siguientes fundamentos: La magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuestiona la decision que no la ratifica, entre otros fundamentos, por no haberse realizado una evaluacion integral, senalando que no han sido ponderados aspectos positivos de su labor, ocasionado por el hecho de haberse prescindido de la informacion remitida por la Academia de la Magistratura que obra de fojas 1281 a 1298 del expediente de ratificacion, verificandose que en dichos folios obra el resultado de la evaluacion del aspecto denominado gestion de los procesos; y, atendiendo, a que el recurso extraordinario tiene por finalidad alegar la existencia de algun evento que MORDAZA producido afectacion al debido MORDAZA dentro del MORDAZA de ratificacion y advirtiendose que, al emitirse la resolucion materia de cuestionamiento se ha prescindido de la evaluacion del citado aspecto gestion de los procesos, pese a que el resultado de dicha evaluacion obraba en el expediente MORDAZA de adoptarse la decision final y, considerando, ademas que dicho aspecto de evaluacion se encuentra previsto en la Ley de la MORDAZA Judicial y en el Reglamento de Evaluacion y Ratificacion, por lo que, el no haber sido considerado en la respectiva evaluacion integral constituye una vulneracion al debido proceso; es por ello que los suscritos somos de opinion que corresponde declararse fundado en parte el recuso extraordinario formulado, debiendose dejar sin efecto al Resolucion Nº 026-2010-PCNM y reponerse el MORDAZA a la etapa correspondiente.MAXIMILIANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA KATSUMI MAEZONO YAMASHITA

del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que corresponde disponer la renovacion de la inscripcion de la encuestadora IMASEN S.A.C. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y su Reglamento de Organizaciones y Funciones, aprobado mediante la Resolucion Nº 130-2008-JNE. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- RENOVAR la inscripcion de la empresa encuestadora IMASEN S.A.C. en la Partida Nº 009-REE/ JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras, debiendo sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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496106-2

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de Imasen S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 268-2010-JNE
Expediente Nº J-2010-0182 MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil diez VISTO el pedido de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por MORDAZA Penaflor MORDAZA, representante de la empresa encuestadora IMASEN S.A.C. I. ANTECEDENTES Mediante la Resolucion Nº 336-2006-JNE de fecha 17 de marzo de 2006, la empresa encuestadora IMASEN S.A.C. renovo su inscripcion en la Partida Nº 009-REE/ JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras. Con fecha 10 de marzo de 2010 la empresa encuestadora IMASEN S.A.C. solicito la renovacion de su registro de inscripcion. II. CONSIDERANDO 1. El articulo 18 de la Ley Nº 27369 establece que solo podran publicarse encuestas electorales cuando la persona natural o juridica que las realiza se encuentre inscrita ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. 2. La solicitante fue notificada a efectos de que regularice su inscripcion, cumpliendo con presentar los documentos requeridos en el termino concedido. 3. El pedido de renovacion de inscripcion y los documentos adjuntados por el peticionante, cumplen los requisitos previstos en los articulos 3 y 5 del reglamento

Declaran la conformacion de Jurados Electorales Especiales ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tumbes y Ucayali
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION N° 318-2010-JNE
MORDAZA, veinte de MORDAZA de dos mil diez CONSIDERANDO 1. Con Resolucion N° 299-2010-JNE de fecha 14 de MORDAZA de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 del mismo mes y ano, se senalo el nombre de los presidentes de los 91 Jurados Electorales Especiales que funcionaran con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, y Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley de Devolucion de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo", asi como los nombres de los ciudadanos que resultaron sorteados para integrar los referidos organos electorales temporales, en calidad de miembros (titulares y suplentes), respecto de cada circunscripcion administrativo-electoral. 2. Luego de efectuada la identificacion de los ciudadanos propuestos para integrar los Jurados Electorales Especiales ubicados en MORDAZA Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, siguiendo el orden establecido por el sorteo llevado a cabo en Audiencia Publica de fecha 12 de MORDAZA de 2010, a que se hace referencia en la Resolucion N° 299-2010-JNE, se cuenta con los nombres de los ciudadanos que aceptan el cargo y no presentan impedimento para ejercerlo; por lo que, estando proxima su instalacion, corresponde declarar la conformacion definitiva de tales jurados. 3. Mediante sorteo en audiencia publica de fecha 12 de MORDAZA de 2010, se establecio el orden de prelacion de los 25 ciudadanos de las respectivas sedes, seleccionados por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil para el cargo de miembro de los 91 Jurados Electorales Especiales; y, efectuada la depuracion de los ciudadanos con impedimento o causa justificada, corresponde declarar la conformacion definitiva de los jurados en los que se ha confirmado a los miembros que los integraran, en este caso, los Jurados Electorales Especiales que se instalaran

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