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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (10/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428907 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban textos del “Final Offering Memorándum” y del “Prospecto Suplementario Final” correspondientes a emisión interna y/o externa de bonos para financiar operación de administración de deuda pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2010-EF/75 Lima, 10 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF se aprobó una operación de administración de deuda pública, bajo la modalidad de prepago, parcial y/o total, de las obligaciones provenientes de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs 274-91-EF, 210-92-EF, 030-94-EF, 039-96- EF, 127-96-EF, 145-97-EF, 147-97-EF, 148-97-EF, 149- 97-EF, 050-99-EF, 178-99-EF, 094-2000-EF, 095-2000-EF, 161-2005-EF, 112-2009-EF, 156-2009-EF y 210-2009-EF, cuyo fi nanciamiento se realizará mediante la emisión interna y/o externa de bonos; Que, asimismo, a través del Artículo 2° del acotado Decreto Supremo, se aprobó una emisión externa y/o interna de bonos, en una o más colocaciones, hasta por un monto de US$ 2 500 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) que se destinará a fi nanciar la operación de administración de deuda pública antes citada y a reembolsar al Tesoro Público el apoyo prestado en virtud al Decreto de Urgencia Nº 028-2010, así como para prefi nanciar los requerimientos fi nancieros del Sector Público No Financiero para el Año Fiscal 2011, en caso las condiciones de mercado de capitales sean favorables; Que, el Artículo 6º del referido Decreto Supremo dispone que los Prospectos Suplementarios y los contratos y documentos que se deriven de la emisión externa y/o interna de bonos, que se realicen en virtud del Decreto Supremo antes mencionado serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, se requiere aprobar los textos del “Final Offering Memorándum” y del “Prospecto Suplementario Final”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los textos del “Final Offering Memorándum” y del “Prospecto Suplementario Final” correspondientes a la emisión interna y/o externa de bonos para fi nanciar la operación de administración de deuda pública, así como reembolsar al Tesoro Público el apoyo prestado en virtud al Decreto de Urgencia Nº 028-2010, y prefi nanciar los requerimientos fi nancieros del Sector Público No Financiero para el Año Fiscal 2011, aprobada por el Decreto Supremo Nº 223-2010-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 565761-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL