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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (10/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428900 Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nro.011-2010-CR-COPPAT, el cual aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE SALUD TACNA, el cual consta de: doscientos doce (212) cargos, distribuidos en: doscientos ocho (208) Ocupados y cuatro (04) Previstos. Artículo Segundo: APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA DIRECCIÓN DE RED DE SALUD DE TACNA, el que consta de: setecientos treinta y cuatro (734) cargos, distribuidos en: setecientos dos (702) Ocupados y treinta y dos (32) Previstos. De acuerdo al anexo, que forma parte de la presente norma regional. Artículo Tercero: APROBAR EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DEL HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE TACNA, el cual consta de seiscientos treinta y ocho (638) cargos, distribuidos en: quinientos noventa y dos (592) Ocupados, y cuarenta y seis (46) Previstos. De acuerdo al anexo, que forma parte de la presente norma regional. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dirección Regional Sectorial de Salud y al Hospital Hipólito Unanue de Tacna, la implementación de la presente norma regional. Artículo Quinto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nro.001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de octubre del año dos mil diez. JAVIER TELLEZ MAITA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día dos de Noviembre del año dos mil diez. HUGO FROILAN ORDOÑEZ SALAZAR Presidente Regional del Gobierno Regional Tacna 564412-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Archivo Regional de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 019-2010-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiocho de octubre del año dos mil diez, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el Decreto Supremo Nro.043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la formulación, aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública, en todos sus niveles de gobierno; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento que constituye una de las herramientas básicas de las organizaciones públicas, ya que establece la naturaleza, fi ja la fi nalidad, y determina las funciones generales y específi cas de los órganos y las unidades orgánicas, determinándose claramente sus competencias; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nro.277-2004-GR.TACNA de fecha 04.Junio.2004 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Archivo Regional de Tacna, vigente a la fecha; siendo necesario su adecuación según lo dispuesto por el Decreto Supremo Nro.043-2006-PCM; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) propuesto, consta de cinco Títulos, seis Capítulos, veinticinco Artículos, cuatro Disposiciones Finales y el Organigrama Estructural; asimismo adjunta el Informe Técnico Sustentatorio visado por el Gerente Regional de Desarrollo Social y el Director del Archivo Regional de Tacna; Que, con Ofi cio Nro.386-2010-GGR-PR/GOB. REG.TACNA de fecha 21.Setiembre.2010, el señor Presidente Regional Econ. Hugo Ordoñez Salazar solicita al Consejo Regional que apruebe mediante Ordenanza Regional, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Archivo Regional de Tacna, para lo cual adjunta el Informe Nro. 831-2010-ORAJ/GOB.REG. TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, Informe Nro.332-2010-GRPPAT-SGDO/GOB.REG. TACNA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Ofi cio Nro.3909- 2010-GRDS/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; todos los documentos antes mencionados, sustentan y recomiendan la aprobación de la propuesta normativa; Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nro.012-2010-CR-COPPAT, el cual aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL ARCHIVO REGIONAL DE TACNA, el cual contiene: cinco (05) Títulos, seis (06) Capítulos, veinticinco (25) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Finales y el Organigrama Estructural, asimismo se adjunta el Informe Técnico Sustentatorio; de acuerdo al anexo que forma parte de la presente norma regional. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al Archivo Regional de Tacna, la implementación de la presente norma regional. Artículo Tercero: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” en