TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428896 diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título de Licenciada en Educación, Especialidad Ciencias Naturales: Ecología y Biología, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Título de Licenciada en Educación; 5) Publicación en el Diario el Sol, del aviso de la pérdida del diploma de Título Profesional; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 28 de septiembre de 2010; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 05 de octubre de 2010, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: Marina Enriqueta Bermudez Muñoz, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Licenciada en Educación, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Srta. MARINA ENRIQUETA BERMUDEZ MUÑOZ, sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Licenciada en Educación Especialidad Ciencias Naturales: Ecología y Biología, en la Facultad de Educación. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN EDUCACION, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Doña MARINA ENRIQUETA BERMUDEZ MUÑOZ, confi riéndole el TÍTULO DE LICENCIADA EN EDUCACIÓN, Especialidad Ciencias Naturales: Ecología y Biología, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VICTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 564339-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN N° CU-313-2010-UNSAAC Cusco, 19 de octubre de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 25179, presentado por la Srta. MARICELA YLLATUPA PALOMINO, solicitando emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título de Licenciada en Educación, Especialidad Educación Primaria, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confiere el Título Profesional de Licenciada en Educación, Especialidad Educación Primaria, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) copia Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma con Informe N° 011-UT-EI-2010; 2) copia de Constancia de denuncia policial; 3) copia de Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certificada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confiere el Título Profesional de Licenciada en Educación; 5) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 6) copia de Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 7) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 23 de septiembre de 2010; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 28 de septiembre de 2010, se puso a consideración del pleno la petición presentada por la Licenciada Doña: Maricela Yllatupa Palomino, solicitando duplicado de Diploma que le confiere el Título de Licenciada en Educación, Especialidad Educación Primaria, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Srta. MARICELA YLLATUPA PALOMINO sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Título de Licenciada en Educación Especialidad Educación Primaria de la Facultad de Educación. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN EDUCACIÓN, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Doña MARICELA YLLATUPA PALOMINO, confi riéndole el TÍTULO DE LICENCIADA EN EDUCACION, ESPECIALIDAD EDUCACION PRIMARIA, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente