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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428894 LEASING TOTAL” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, asimismo se delegó a la Gerencia General el establecimiento oportuno del importe de la primera emisión así como el número máximo de series y monto nominal de cada una de ellas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modifi catorias; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 746-2010; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que Leasing Total realice el “Tercer Programa de Bonos LEASING TOTAL.” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, así como la primera emisión dentro de dicho programa bajo las condiciones y/o características establecidas por la Gerencia General de la empresa; Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 564559-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. la apertura de oficina en el distrito de Lurín, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 14407–2010 Lima, 29 de octubre de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. (CMAC Pisco) para que se le otorgue autorización para la apertura de una Ofi cina en la modalidad de Agencia; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. (CMAC Pisco) la apertura de una Ofi cina, en la modalidad de Agencia, ubicada en la Urbanización las Virreynas, Mz. A, Lote 1 – Primer Piso, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 564347-1 UNIVERSIDADES Autorizan emisión de duplicado de diploma de grado académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica otorgado por la Universidad de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN N° CU-281-2010-UNSAAC Cusco, 30 de septiembre de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nº 17271, presentado por el Sr. SAMUEL CABRERA NAVARRETE, solicitando emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 9 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica; 5) Publicación en el Diario el Comercio, del aviso de la pérdida del diploma de Grado Académico; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 23 de septiembre de 2010; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 28 de septiembre de 2010, se puso a consideración del pleno la petición presentada por el Bachiller Don: Samuel Cabrera Navarrete, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el Sr. SAMUEL CABRERA NAVARRETE sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Mecánica y Minas. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE