TEXTO PAGINA: 88
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de noviembre de 2010 429536 Visto, el Memorando N° 01273 de fecha 15 de septiembre de 2009, el mismo que dispone que esta Gerencia General de Desarrollo Urbano deberá encargarse de la Recomposición de los Expedientes Administrativos N° 008771 + A, B, C, D, E, I y N° 10312148, 10312149 + B, 10404300 de la Central de Cooperativas de Viviendas “Perú Ltda. 457” y don Alfredo Villalba Ramírez, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 10911370 de fecha de ingreso 13 de mayo de 2009, doña Fanny Villar Jara Vda. de Ruiz y doña Mirtha Fanny Ruiz Villar de Acosta, solicitan la Nulidad de la Resolución N° 496-85 y consecuentemente la inefi cacia del Plano 016-85-DEAHR/DGDU, por haber la incluido en él, el Lote 7 de la Mz. H ubicada en el interior de la supermanzana 4, cuando dicho inmueble nunca fue de propiedad de la Central de Cooperativa de Vivienda “Perú Ltda. 457”; Que, de la revisión del citado acto administrativo, se advierte que el mismo se expidió en el procedimiento administrativo organizado en el Expediente Administrativo N° 008771, por la Central de Cooperativas de Vivienda “Perú” Ltda. N° 457, sobre Aprobación del Plano Defi nitivo de Lotización de doce (12) lotes en el predio de su propiedad, ello en mérito a la compensación de áreas en el Asentamiento Humano Marginal “Ramón Castilla”, ubicado en el distrito de la Perla, Provincia Constitucional del Callao; Que, efectuada la búsqueda de los expedientes que dieron origen a la Resolución N° 496-85 de fecha 17 de abril de 1985, (que declaró procedente para su inscripción en los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble del Callao a favor de la Central de Cooperativas de Vivienda “PERU” Ltda. N° 457, el Plano Defi nitivo de Lotización, compuesto por 12 Lotes – Manzana N con un área total de 1, 691.50 m2, ubicado en el distrito de la Perla – Provincia Constitucional del Callao con las características del plano signado con el N° 016-85-DGDU/CPU”), se concluye que los mismos fueron remitidos por esta Gerencia General de Desarrollo Urbano a la Secretaría General de Concejo con Memorando N° 672- 2004-MPCC/DGDU de fecha 29 de marzo de 2004, para luego ser derivados al Archivo General y éste a su vez los devuelva a dicho órgano, con el Informe N° 136-2004-MPC- SG-GRDAG de fecha 13 de abril de 2004; Que, el Artículo 153.4° de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley 27444 que a la letra dice, “Si un expediente se extraviara, la administración tiene la obligación, bajo responsabilidad de reconstruir el mismo, independientemente de la solicitud del interesado, aplicándose para tal efecto las reglas contenidas en el Artículo 140° del Código Procesal Civil”; Que, asimismo el Artículo 140° del Código Procesal Civil precisa que “En caso de pérdida o extravío de un expediente, el Juez ordenará una investigación sumaria con conocimiento de la Ofi cina de Control Interno del Poder Judicial. De ser el caso, ordenará su recomposición de ofi cio o a pedido de parte, quedando éstas obligadas a entregar, dentro del tercer día, copias de los escritos y resoluciones que obren en su poder. Vencido el plazo y con las copias de los actuados que tengan en su poder, el Juez las pondrá de manifi esto por un plazo de dos días, luego del cual declarará recompuesto el expediente. Si apareciera el expediente, será agregado el rehecho”; Que, con Informe N° 313-2009-MPC-GGAJC/SGAA y Memorando N° 1145-2009/GGAJC de fecha 23 de julio de 2009, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación opina por la procedencia de la recomposición de los citados expedientes administrativos, y estando a lo dispuesto por la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 01273- 2009-MPC-GM de fecha 15 de septiembre de 2009, y las facultades contenidas en la Resolución de Alcaldía N° 334 de fecha 21 de mayo de 2007, este Despacho; RESUELVE: Artículo Primero.- Dispóngase de Ofi cio la Recomposición de los Expedientes Administrativos N° 008771 + A, B, C, D, E, I y N° 10312148, 10312149 + B, 10404300, impulsados por la Central de Cooperativas de Viviendas “Perú Ltda. 457” y don Alfredo Villalba Ramírez, sobre Aprobación del Plano Defi nitivo de Lotización de doce (12) lotes en el predio de su propiedad, en mérito a la compensación de áreas en el Asentamiento Humano Marginal “Ramón Castilla”, ubicado en el distrito de la Perla, Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Planeamiento y Catastro los siguientes actos: 1. Notifi car a las partes intervinientes del expediente técnico, para que en el término del tercer día de notifi cado con la presente resolución, cumpla con entregar copias de todos los documentos que obren en su poder que guarden relación con el citado expediente. 2. Vencido el citado plazo y con las copias de los actuados que se tenga en su poder, se ponga de manifi esto por un plazo de dos días para luego formular el expediente para declararse su recomposición Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JULIO ECHAZU PERALTA Gerente General de Desarrollo Urbano Gerencia General de Desarrollo Urbano 568467-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Establecen montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de Arbitrios para el Ejercicio Fiscal 2011 ORDENANZA Nº 017-2010 MDLP/ALC La Punta, 11 de noviembre de 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PUNTA VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de noviembre de 2010, el Proyecto de ordenanza remitido por la Gerencia Central de Rentas, a través del informe Nº 053- 2010 MDLP/GCR. De conformidad, con los Artículos 74º y 194º de la Constitución Política del Perú, Artículos 9º, 39º, 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: ESTABLECEN MONTOS POR CONCEPTO DE EMISIÓN, DETERMINACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011 Artículo Único.- Establecer, que por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011 se mantendrán los mismos montos aprobados para los Ejercicios Fiscales, 2008, 2009 y 2010, que son los siguientes: Emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial: S/. 12.80 anual. Emisión, determinación, distribución y liquidación de Arbitrios Municipales: S/. 1.03 mensual. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 568448-1