Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2010 (26/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

429858

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de noviembre de 2010

2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario Oficial del MORDAZA de origen en el que se consigne: 2.1 Declaracion Adicional: 2.1.1 Las plantas proceden de un vivero que fue oficialmente inspeccionado en forma oportuna durante el crecimiento activo y MORDAZA de la exportacion encontrandose libres de: Pseudomonas syringae pv syringae, Clavibacter michiganensis pv. michiganensis y Xanthomonas vesicatoria. 3. Los productos estaran contenidos en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 5. El Inspector del SENASA tomara una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fin de descartar la presencia de plagas anunciadas en la declaracion adicional del producto. El costo sera asumido por el importador. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005AG y con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de Brachiaria (Brachiaria spp) cuyo origen y procedencia es Mexico, de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Producto libre de: Amaranthus albus, MORDAZA psilostachya, MORDAZA trifida, Bromus tectorum, Murdannia nudiflora, Polygonum persicaria, Solanum elaeagnifolium, Urochloa plantaginea y de otras malezas cuarentenarias para el Peru. 2.3 Tratamiento de desinfeccion pre embarque: 2.3.1 Con Benomil 0.1 % o 2.3.2 Cualquier otro producto de accion equivalente 3. Los envases deben ser nuevos y de primer uso, debidamente rotulados en el cual se precise la identificacion de la especie y el MORDAZA de origen. 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 5. El Inspector del SENASA tomara una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA, quedando el cargamento retenido hasta la obtencion de los resultados del analisis malezologico y nematologico. El costo del diagnostico sera asumido por el importador. Articulo 2°.- La lista de especies de malezas cuarentenarias para el Peru es publicada segun disposicion legal y se encuentra disponible en el MORDAZA institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

570696-1

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de Brachiaria cuyo origen y procedencia es Mexico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 49-2010-AG-SENASA-DSV
La MORDAZA, 22 de noviembre de 2010 VISTO: El ARP Nº 35-2008-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 19 de setiembre de 2008, el cual al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de los requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas de Brachiaria (Brachiaria spp) cuyo origen y procedencia es Mexico, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la OMC; Que, el articulo 38º del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-AG establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se deben cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Organo de Linea Competente; Que, en la solicitud presentada por la Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacion ­ SAGARPA (Mexico) manifiesta su interes en la importacion de semillas de Brachiaria (Brachiaria spp) de origen y procedencia Mexico; por tal motivo, la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado

570697-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERU para llevar a cabo acciones de promocion del turismo receptivo en evento que se realizara en EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 161-2010-MINCETUR
MORDAZA, 25 de noviembre de 2010 Visto el Oficio Nº 403-2010-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU; CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, es un organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.