Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2010 (26/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de noviembre de 2010

traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad instalada de 40 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial ubicado en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, solicita cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, con una capacidad de 40 t/h de procesamiento de materia prima, sustentando su pedido en virtud a un Contrato de Asociacion en Participacion suscrito con la empresa PESQUERA ALEJANDRIA S.A.C. Cabe indicar que a traves del mencionado contrato, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. adquiere el derecho de posesion (usufructo) del inmueble donde se ubica el establecimiento pesquero, el cual es transferido por la empresa PESQUERA ALEJANDRIA S.A.C. que ostentaba la posesion del mismo en razon a un Contrato de Arrendamiento Financiero suscrito con el Banco Wiese Sudameris, propietario en esa fecha del inmueble; Que, en tal sentido, el Contrato de Asociacion en Participacion que presenta la administrada demuestra que esta cuenta con la actual posesion del inmueble donde se ubica el establecimiento pesquero. Ademas la administrada demuestra contar con la autorizacion del actual propietario del bien, el Banco Scotiabank del Peru, segun carta de fecha 06 de agosto de 2010; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular de la licencia de operacion con MORDAZA de verificacion de EIA o PAMA, se ha determinado que la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular de la licencia de operacion solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 728-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:

Articulo 5º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo de la presente Resolucion, asi como en el Anexo IV-A de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA ALEJANDRIA S.A.C, consignado en dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de Ancash; y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

570942-4

RELACIONES EXTERIORES
Delegan facultades a la Ministra de Justicia para que suscriba el Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 489-2010-RE
MORDAZA, 24 de noviembre de 2010 Visto la Hoja de Tramite (GAC) Nº 3693 de 24 de noviembre de 2010, del Gabinete de Coordinacion del Viceministro de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir el Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la Republica del Peru y la Republica de Chile; De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de MORDAZA de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de MORDAZA de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la persona de la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministra de Justicia, las facultades suficientes para que suscriba el Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la Republica del Peru y la Republica de Chile. Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 03997-PE/DNP, modificada en su titularidad mediante Resolucion Directoral Nº 219-98-PE/DNPP, Resolucion Directoral Nº 052-2004-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 145-2006-PRODUCE/DNEPP, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Industrial S/N, Ex Fundo Canchamana, Distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, para operar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad de 40 t/h de procesamiento de materia prima, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- CFG INVESTMENT S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos cumpliendo con las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad e higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como, cumplir con las medidas de mitigacion contenidas en su Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad de derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 145-2006-PRODUCE/DNEPP; en lo que respecta a la titularidad de la citada licencia de operacion.

571453-19

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., Brasil, El MORDAZA y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 185-2010-MTC MORDAZA, 25 de noviembre de 2010

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