Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2010 (28/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

429956

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 2010

permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional; Que, el articulo 34° del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca, y asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del mismo en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el numeral 116.2 del articulo 116° de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que "Pueden acumularse en un solo escrito mas de una peticion siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente, pero no planteamientos subsidiarios o alternativos", en ese orden de ideas, teniendo en cuenta que la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega via regularizacion, modificacion de permiso de pesca, cambio de titular de permiso de pesca; respecto de la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2, de matricula PL-17923-PM, es pertinente acumular los citados procedimientos; Que, el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley N° 26920, aprobado por Decreto Supremo N° 003-98-PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE publicado con fecha 21 de febrero del 2007, establece que la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, solo se autorizara a las embarcaciones comprendidas en el regimen establecido por la Ley N° 26920, siempre que se sustituya por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que, asimismo el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que las autorizaciones de incremento de flota via sustitucion de bodega, no podran exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demas aplicable lo dispuesto en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, y que las embarcaciones pesqueras que MORDAZA materia de sustitucion, deberan ser desguazadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 092-98CTAR-LAMB/DRP, del 27 de agosto de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL17923-CM, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos cachema, MORDAZA, MORDAZA, suco para consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm), con 70.91 m3 de capacidad de bodega; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 13398-CTAR-LAMB/DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAMB/ DRPE, se amplia el permiso de pesca de la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2, para extraer los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 019-2000CTAR-LAMB/DRPE, de fecha 4 de MORDAZA de 2000, se amplio el permiso de pesca otorgado a plazo determinado a los armadores MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA NUNTON MORDAZA, para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM, en la extraccion tambien de los recursos

hidrobiologicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando para ello, redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de1/2 y 1 ½ pulgada respectivamente, en el ambito del litoral nacional y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 130-2003PRODUCE/DNEPP, 22 de MORDAZA de 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MARIA SCANIA" de matricula SY-10546CM, de AN 09.00 y con una capacidad de bodega de 38.84 m3, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ plg. (13 mm y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 315-2003PRODUCE/DNEPP, 23 de setiembre de 2003 se otorgo a los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la E/P MORDAZA SCANIA, de matricula SY-10546-CM, de 38.84 m3 de capacidad de bodega y de los derechos de acceso a la actividad pesquera de acuerdo al permiso de pesca otorgado por la Resolucion Directoral Nº 1302003-PRODUCE/DNEPP, para aplicar dicha capacidad de bodega para la ampliacion de la capacidad de bodega de su E/P VIRGEN DE CHAPI 2, de matricula PL-17923CM, de 70.91 m3 a 109.74 m3, la cual sera operada para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulg. (13 mm) y 1 ½ pulg. (38 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 196-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 08 de MORDAZA de 2004, se modifico la Resolucion Directoral Nº 133-98-CTAR-LAM/ DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAM/DRPE, de fechas 09 de diciembre de 1998 y 04 de MORDAZA de 2000 respectivamente, a traves de las cuales se otorgo a los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "VIRGEN DE CHAPI 2", de matricula Nº PL17923-CM, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 y 38 mm) para destinarlos al consumo humano directo e indirecto segun corresponda, de acuerdo al ordenamiento pesquero respectivo, solo en el extremo de la capacidad de bodega de la mencionada embarcacion pesquera siendo su actual capacidad de bodega de 109.74 m3, de acuerdo a lo autorizado mediante la Resolucion Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion; Que, por intermedio de Resolucion Directoral Nº 376-2010-PRODUCE/DGEPP, de fecha 04 de junio de 2010, se resolvio en cumplimiento a lo dispuesto por el Noveno Juzgado Transitorio Especializado Contencioso Administrativo de MORDAZA, segun Resolucion Nº DIEZ del 23 de noviembre de 2009, se declara la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de setiembre de 2003, con la que se otorgo a los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA SCANIA de matricula SY10546-CM, de 38.83 m3 de capacidad de bodega de los derechos de acceso a la actividad pesquera de acuerdo al permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 130-2003-PRODUCE/DNEPP, para aplicar dicha capacidad de bodega para la ampliacion de la capacidad de bodega de su embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM, de 70.91 m3 a 109.74 m3;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.