Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2010 (28/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

429957

Que, asimismo, en el articulo 2° de la precitada Resolucion se resolvio en cumplimiento a lo dispuesto por el Noveno Juzgado Transitorio Especializado Contencioso Administrativo de MORDAZA, segun Resolucion Nº DIEZ del 23 de noviembre de 2009, declarar la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 196-2004-PRODUCE/DNEPP del 08 de MORDAZA de 2004, con la cual se modifico las Resoluciones Directorales Nº 133-98-CTAR-LAM/DRPE y Nº 019-2000CTAR-LAM/DRPE, de fechas 09 de diciembre de 1998 y 4 de MORDAZA del 2000 respectivamente, con las que se otorgo a los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA Nunton MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM, solo en el extremo de la capacidad de la bodega de 109.74 m3 de acuerdo a lo autorizado mediante Resolucion Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNEPP; Que, mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Nunton, MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de Nunton, MORDAZA Nunton MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Puican, solicitan autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de 70.91 a 109.74 m3, via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA SCANIA de matricula SY-10546-CM. Asimismo, en ejecucion de la autorizacion de incremento de flota solicitada, requieren tambien se les otorgue modificacion de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17023-PM, con 109.74 m3 de capacidad de bodega y modificacion de resolucion autoritativa por cambio de codigo de matricula de PL-17923-CM a PL17923-PM, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, la misma que fue construida como consecuencia de la Resolucion Directoral N° 315-2003-PRODUCE/DNEPP, actualmente anulada mediante Resolucion Directoral N° 376-2010-PRODUCE/DGEPP; Que, la solicitud de autorizacion de incremento de flota, ha sido formulada por los administrados en calidad de titulares del permiso de pesca y del derecho de sustitucion de las embarcaciones VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM y MORDAZA SCANIA de matricula SY-10546-CM respectivamente, de acuerdo al procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; Que, los administrados propietarios de las embarcaciones citadas en el considerando precedente, presentan renuncia al premiso de pesca en el extremo referido a los otros recursos hidrobiologicos con que cuentan, excepto el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; por lo que la embarcacion pesquera modificada en su capacidad de bodega, se dedicara a la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; Que, asimismo, mediante escrito del visto, la empresa GRUPO NUNTON S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca, de la embarcacion VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-PM, adjuntando los requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada por los solicitantes se ha determinado que han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6, 7, 13 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y demas normas modificatorias, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 711-2010|PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 893-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demas normas complementarias y los Procedimientos Nº 6, 7, 13 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE y demas normas complementarias;

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Acumular los procedimientos de autorizacion de incremento de flota, modificacion de permiso de pesca, modificacion de resolucion autoritativa por cambio de matricula y cambio de titular de permiso de pesca. Articulo 2°.- Aceptar la renuncia formulada por los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PUICAN, al permiso de pesca; solo en el extremo de los recursos MORDAZA, loro, suco, cachema para consumo humano directo y sardina para consumo humano indirecto, en relacion a la embarcacion VIRGEN DE CHAPI 2, y en relacion a la embarcacion MORDAZA SCANIA renuncia a los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano directo. Articulo 3º.- Otorgar a favor de los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PUICAN, via regularizacion, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera MORDAZA SCANIA, de matricula SY10546-CM, de 38.84 m3 de capacidad de bodega, a fin de aplicarla en la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL - 17923-CM, para llegar a la capacidad de bodega de 109.74 m3, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa en el ambito del litoral. Articulo 4º.- La autorizacion de incremento de flota otorgado en el articulo 2º de la presente Resolucion, se otorga en conformidad con el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas modificatorias; asi como, en concordancia con lo que establece el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- En virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado en el articulo 2º de la presente Resolucion, al MORDAZA de la Ley Nº 26920, otorgar a favor de los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, MORDAZA NUNTON MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PUICAN, modificacion de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923CM y 109.74 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa en el ambito del litoral. Articulo 6°.- Ratificar la aprobacion automatica de la Resolucion Autoritativa, en el extremo referido al codigo de la matricula por cambio de MORDAZA de servicio de la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM a PL-17923-PM. Articulo 7º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca, a favor de la empresa GRUPO NUNTON S.A.C., para operar la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-PM y 109.74 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos en que fue otorgado. Articulo 8º.- Incorporar la modificacion de la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM a matricula PL-17923-PM de 109.74 m3 de capacidad de bodega, en el anexo correspondiente del listado de embarcaciones con permiso de pesca vigente publicado por Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE. Articulo 9°.- Dejar sin efecto, las resoluciones que dieron origen a los permisos de pesca y ampliaciones de los mismos de las embarcaciones pesqueras VIRGEN DE CHAPI 2 y MORDAZA SCANIA; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento,

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