Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2010 (05/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 5 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES
II. Caracteristicas del trabajo (...)

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Auditoria, el seguimiento y evaluacion de informes, las responsabilidades, asi como su registro, son regulados por la Contraloria General de la Republica; Que, en el MORDAZA de la citada disposicion, mediante Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG se aprobo el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control a fin de regular el ejercicio de las atribuciones de la Contraloria General en el MORDAZA de registro, designacion, contratacion y supervision de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, asi como la actuacion de estas ultimas; Que, conforme al documento de Visto, se recomienda la modificacion del citado Reglamento en aspectos sobre el requerimiento de la designacion de sociedades, las bases del concurso, impedimentos, el contenido, evaluacion y calificacion de propuestas en el concurso publico de meritos, la facultad de autorizar a las entidades a conducir directamente el MORDAZA de seleccion, a fin de optimizar dicho MORDAZA, contribuyendo al adecuado ejercicio del control gubernamental; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y la Resolucion de Contraloria Nº 249-2010-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 23º, 24º, 25º, 30º, 35º y 39º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, segun el texto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 23º.- Requerimiento de designacion El titular o representante legal de la Entidad es responsable de solicitar la designacion de una Sociedad y del cumplimiento de los requisitos y recaudos establecidos en el articulo 24º del presente Reglamento. La solicitud se formula por escrito a la Contraloria General en los terminos siguientes: - Para el caso de auditoria financiera, la solicitud debe presentarse hasta el 30 de junio del ejercicio anual por auditar, - Para el caso de auditoria de gestion, la solicitud debe presentarse en la oportunidad en que la Entidad estime pertinente. Las Entidades que cuenten con una regulacion especifica realizaran su solicitud de designacion considerando los terminos establecidos para dicho efecto y para la MORDAZA de los informes de auditoria de acuerdo a sus normas vigentes, sin exceder el plazo senalado en el presente articulo. La Contraloria General puede efectuar la auditoria solicitada por la Entidad, cuando la naturaleza o necesidad de control asi lo determine, siempre que se cuente con la debida capacidad operativa y presupuestal. Articulo 24º.- Requisitos y recaudos de la solicitud de designacion La solicitud de designacion de la Sociedad debe cumplir con los requisitos que a continuacion se describen, acreditados con la MORDAZA de la documentacion respectiva: a) El proyecto de bases del concurso elaborado con las especificaciones respectivas, conforme a lo establecido en el articulo siguiente del presente Reglamento y la normativa especifica aplicable, en version impresa y en dispositivo de almacenamiento magnetico o digital. (...) Articulo 25º.- De las Bases Las Bases deberan tomar en cuenta el modelo establecido por la Contraloria General y estar acordes con la naturaleza, nivel presupuestal y requerimientos de auditoria que solicite cada Entidad, considerando que los objetivos MORDAZA aplicables a la auditoria solicitada. Las Bases deben ser aprobadas de acuerdo a lo establecido en el articulo 27º y contendran los siguientes requisitos: (...)

f) Requisitos adicionales de la Sociedad que MORDAZA requeridos para la ejecucion del servicio, tal como: i) vinculacion internacional, ii) experiencia en auditoria en el sector publico o privado, considerando la actividad que realice la entidad examinada, iii) monto facturado acumulado en servicios de auditoria durante los ultimos cinco (5) anos a la fecha de la MORDAZA publicacion de la convocatoria, hasta por un monto MORDAZA equivalente a cinco (5) veces la retribucion economica establecida en las bases, segun Anexo 01, entre otros. (...) III. Aspectos Economicos (...) c) Reembolso de la Sociedad de los gastos de publicacion, en caso de designacion. En el caso de las Empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, ademas de cumplir con lo dispuesto en el presente articulo, las Juntas Generales de Accionistas de las Empresas podran aprobar otros criterios de seleccion de las sociedades de auditoria conforme a las disposiciones del presente Reglamento, los cuales deberan ser incorporados a las bases. Articulo 30º.- Impedimentos Las Sociedades estan impedidas de participar en el Concurso, ser designadas, y/o realizar labores de auditoria en los casos siguientes: a) Si las Sociedades, sus socios y/o personal profesional propuesto como integrante del equipo tienen o han mantenido vinculo laboral o contractual (cualquiera sea su objeto), bajo cualquier forma o modalidad, con la Entidad a examinar o con los titulares, representantes legales o funcionarios de esta, dentro del ano anterior al periodo por auditar, incluyendo al periodo sujeto a examen. (...) m) Otros casos que determine la Contraloria General. n) En el caso de las Empresas del Estado bajo el ambito de FONAFE, sera aplicable ademas los impedimentos establecidos en su normativa especifica. Articulo 35º.- Contenido de las propuestas Las Sociedades participantes presentan sus propuestas a la Contraloria General en dos (2) sobres cerrados conteniendo las respectivas propuestas tecnica y economica, acompanando la documentacion siguiente: (...) III. Nivel profesional, experiencia y formacion del equipo de auditoria propuesto. a) Asignacion de personal por cargos (supervisor, jefe de equipo o auditor encargado, auditores, asistentes, especialistas, de acuerdo a las Bases), indicando numero de horas/hombre programadas por cada integrante, de acuerdo al plazo fijado en las Bases y condicion contractual. En caso se presenten Sociedades en forma asociada, dicha asignacion de personal debera considerar al personal inscrito en el Registro de cada una de las Sociedades. Para la conformacion del equipo de auditoria debe tenerse en cuenta el requerimiento del personal establecido en las bases, cautelando que el jefe de equipo, auditores y/o asistentes, no se encuentren comprometidos en mas de dos propuestas. b) Hoja de MORDAZA actualizada del personal eventual contratado para el servicio de auditoria al que postula

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