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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (05/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de octubre de 2010 426976 ƒ Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y normas modifi catorias y complementarias. ƒ Ley Nº 27319, que aprueba la transferencia de acciones de la empresa ELECTROPERÚ S.A. al Fondo Nacional de Ahorro Público - FONAHPU y que encarga a FONAFE la administración de las mismas. ƒ Decreto de Urgencia Nº 007-2008, que modifi ca la Ley Nº 29064, Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - Agrobanco, incorporando la disposición de que su presupuesto sea aprobado por FONAFE, en base a las directivas que se aplican a las empresas bajo su ámbito. ƒ Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que FONAFE participa como accionista, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 002-2004/008-FONAFE, y normas modifi catorias. ƒ Código del Buen Gobierno Corporativo, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001-2006/004-FONAFE, y modifi catorias. ƒ Código Marco de Control Interno de las Empresas del Estado, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001- 2006/028-FONAFE y modifi catorias. 1.3. Ámbito La presente Directiva es aplicable a las empresas bajo el ámbito de FONAFE, a aquellas empresas cuyos títulos representativos de capital social se encuentren bajo la administración de FONAFE, y a las empresas en las que la representación en las Juntas de Accionistas haya sido delegada a favor de FONAFE. Se encuentran exceptuadas de la aplicación de la presente Directiva, las Empresas que se encuentran no operativas y las que se encuentren en proceso de disolución y liquidación o concesión, así como las que se encuentran sometidas a procedimiento concursal en trámite ante el INDECOPI. 1.4. Defi niciones Para efecto de la aplicación de la presente Directiva, debe entenderse por: a) CAP: Cuadro de Asignación de Personal. b) Devengado: Obligación de pago que se asume como consecuencia de un compromiso contraído. Comprende la liquidación, identifi cación del acreedor y la determinación del monto a través del documento ofi cial. En el caso de bienes y servicios, se confi gura a partir de la verifi cación de conformidad del bien recibido, del servicio prestado o por haberse cumplido con los requisitos administrativos y legales para los gastos sin contraprestación inmediata o directa. Por excepción, tratándose de Gastos de Capital que prevean el otorgamiento de adelantos, estos se deberán considerar en el periodo en que corresponda efectivizar su desembolso. c) Directorio: Directorio u órgano social equivalente en la Empresa. d) Empresa(s): Todas aquellas a que se refi ere el numeral 1.3 de la presente Directiva. e) FONAFE: Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. f) GIP: Gasto Integrado de Personal, instrumento de gestión que permite administrar los gastos de personal en aplicación de los principios de racionalidad, efi ciencia y fl exibilidad, dentro del marco de austeridad del Estado. Está conformado por el conjunto de partidas y rubros presupuestarios relacionados con gastos de personal, derivados de los servicios brindados exclusivamente por el personal, sea en forma directa o indirecta. g) Instrumentos de Gestión: Herramientas que miden resultados y que están orientadas a contribuir de manera efectiva a una mejor gestión de las Empresas, así como a la generación de benefi cios para el Estado y la ciudadanía. Entre las principales herramientas de gestión se encuentran el Presupuesto, los Códigos de Buen Gobierno Corporativo, el GIP, el TIMA, y el Código Marco de Control Interno. h) OPI-FONAFE: Ofi cina de Programación e Inversiones de FONAFE. i) Pagado: Situación en la que se efectiviza el pago por la transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos. j) Partida(s): Descripción genérica de los ingresos o egresos, comprendiendo: Ingresos Operativos, Egresos Operativos, Compra de Bienes, Gastos de Personal, Servicios Prestados por Terceros, Tributos, Gastos Diversos de Gestión, Gastos Financieros, Egresos Extraordinarios, Gastos de Capital, Ingresos de Capital, Transferencias, Resultado Económico, Financiamiento Neto, Resultado de Ejercicios Anteriores, Saldo Final, GIP y Participación de Trabajadores. k) Percibido: Situación en la que se obtiene o capta ingresos por la transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos. l) Presupuesto: Instrumento de gestión que determina, orienta y asigna los recursos fi nancieros para que las Empresas cumplan con los objetivos y metas trazadas en sus planes operativos en el ejercicio presupuestario, enmarcados en sus correspondientes Planes Estratégicos. m) Resultado Económico: Superávit, défi cit o equilibrio económico, determinado sobre la base del presupuesto de ingresos y egresos. n) Resultado Primario: Superávit, défi cit o equilibrio primario, determinado sobre la base del Flujo de Caja. o) Rubro(s): Descripción específi ca del tipo de ingreso o egreso, los cuales no comprenden a los señalados en las partidas. p) SIED: Sistema de Intercambio Electrónico de Documentos. q) SISFONAFE: Sistema de información fi nanciera y presupuestal de FONAFE. r) TIMA: Tope de Ingreso Máximo Anual, que puede recibir un trabajador de la empresa por todo concepto, con excepción de bonos por convenios de gestión aprobados por FONAFE y participación de trabajadores. 1.5. Principios Presupuestarios a) Equilibrio Presupuestario El presupuesto de las empresas debe presentar un equilibrio entre la previsible evolución de la totalidad de ingresos y egresos, por toda fuente y destino. b) Especialidad Cuantitativa Toda disposición o acto que implique la realización de egresos debe cuantifi car su efecto en el presupuesto. c) Especialidad Cualitativa Los recursos de las empresas se destinan a la fi nalidad para la que han sido autorizados en su correspondiente presupuesto. d) Integridad Los ingresos y los egresos se registran en los presupuestos por su importe integro. e) Especifi cidad El presupuesto y modifi caciones deben contener información sufi cientemente sustentada y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y metas que se propongan. f) Anualidad El presupuesto tiene vigencia anual y coincide con el año calendario.