Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (05/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de octubre de 2010 426978 bienes y/o servicios fuera de los programas de compras corporativas. B. Gastos de Personal El Proyecto de presupuesto de personal se elaborará sobre i) la base de las plazas del CAP aprobadas distinguiendo entre las ocupadas y las que se encuentren por ocupar y, ii) aquellos contratos sujetos a modalidad aprobados por el Directorio de FONAFE y sólo por la vigencia de dichos contratos. Cualquier ampliación de plazo o cambio de modalidad deberá ser aprobado expresamente por el Directorio de FONAFE bajo responsabilidad. Se podrán presupuestar horas extras únicamente para el personal que realiza labores vinculadas estricta y directamente al proceso productivo de la Empresa. La empresa podrá formular gastos para eventos y celebraciones institucionales, de acuerdo a políticas que apruebe su Directorio, en un marco de racionalidad y austeridad. El rubro Dietas del Directorio deberá considerar el número de Directores según Estatuto, así como el monto de dietas vigente. De corresponder, se registrará el pago variable al que hace referencia el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo 1031, siempre y cuando se cumplan los supuestos allí citados. El Presupuesto Analítico de Personal – PAP deberá contener como número máximo de trabajadores el mismo que considere el CAP. C. Servicios de Terceros c.1 Servicio de Telefonía Los presupuestos para servicios de telefonía móvil asignados al Presidente de Directorio y trabajadores de la Empresa, no deberán exceder de los dos mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles (S/. 2 400.00) anuales por equipo incluyendo el alquiler de los mismos. No se podrá asignar más de un equipo por persona. El Directorio de la Empresa dictará las políticas internas para el uso de equipos móviles. c.2 Alquileres No se podrá considerar presupuesto para el alquiler de nuevos locales, de sedes administrativas o comerciales, salvo que éstos sean para reemplazar el alquiler de un local ya existente o que se cuente con autorización previa de la Dirección Ejecutiva de FONAFE. D. Gastos de Capital Las Empresas presentarán el total de su portafolio de Proyectos de Inversión observando lo dispuesto en la Ley Nº 27293 y su Reglamento en lo que sea aplicable. Las Empresas priorizarán sus inversiones a nivel de Proyectos de Inversión y Gastos de Capital no ligados a Proyectos de Inversión, considerando los siguientes criterios: 1. Inversiones en ejecución que provengan de años anteriores. 2. Inversiones a iniciarse en el año para el cual se formula el presupuesto y que cuenten con viabilidad otorgada por el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP. El portafolio de inversiones deberá estar debidamente fi nanciado y deberá ser presentado a nivel de detalle, considerando para tal efecto el cuadro Nº 6 del Anexo 3 de la presente Directiva. Los Gastos de Capital deberán detallarse en el Formato 7P, ordenados de acuerdo a la priorización indicada en el segundo párrafo del presente numeral. Las inversiones registradas como Gastos de Capital No Ligados a Proyectos de Inversión, deberán ser detalladas para su correspondiente califi cación por la OPI FONAFE conforme al cuadro Nº 7 del Anexo 3 de la presente Directiva. En caso que el período de ejecución de un proyecto de inversión sea mayor a un año, se deberán prever los recursos para los años siguientes hasta su culminación. Los importes considerados en Formatos 4P deberán ser iguales al nivel de los totales considerados en cada uno de los rubros del Formato 7P. E. Endeudamiento Para el proceso presupuestario, se deberá tener en cuenta lo siguiente: a) Los nuevos fi nanciamientos que se registren, deberán adjuntar un informe que justifi que la necesidad de dicho(s) préstamo(s), así como la capacidad de pago de la empresa. b) Para nuevos préstamos de corto plazo, se deberá contar con la aprobación fi nanciera que indique las condiciones del préstamo. c) Para nuevos préstamos de largo plazo, se deberá sustentar las gestiones realizadas ante las instituciones involucradas (MEF, Contraloría de la República, Bancos, entre otros), las cuales deben aprobar la operación. F. Recursos de Ejercicios Anteriores En el caso de que la empresa requiera de recursos de ejercicios anteriores, éstos no podrán ser mayores al saldo de libre disponibilidad correspondiente al fl ujo de caja del año anterior. G. Saldo Final En concordancia al principio de equilibrio presupuestario, el Saldo Final, siempre deberá ser igual o mayor a cero, en caso contrario se procederá con el recorte de los Rubros Otros, de las Partidas necesarias, de manera que se logre el mencionado equilibrio. H. Programas Especiales Las empresas podrán consignar en el presupuesto, recursos para los siguientes casos: - Programa de Responsabilidad Social (carácter obligatorio) - Programa de Incentivos por retiro voluntario - Diagnóstico y/o implementación del Sistema de Control Interno - Diagnóstico y/o implementación del Código de Buen Gobierno Corporativo - Implementación del nuevo Plan Contable Cada programa deberá ser presentado a través de un informe que contenga por lo menos los siguientes aspectos: objeto, descripción, recursos necesarios, análisis costo benefi cio, cobertura, benefi ciarios y otros que se consideren relevantes para la evaluación del mismo. El referido informe deberá contener un desagregado de las Partidas que serán afectadas, en periodos mensuales y de ser necesario anuales si se trata de un programa de más de un año. 2.2. PRESENTACION Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto serán presentados en los plazos que apruebe la Dirección Ejecutiva de FONAFE, y deberán: - Contar con la aprobación del Directorio de la Empresa1. - Estar suscritos por el Gerente General y contar con el visto del responsable de presupuesto en la empresa. 2.3. SUSTENTACION Las Empresas deberán sustentar sus proyectos de plan operativo y presupuesto de acuerdo a lo siguiente: 1 En el caso de no contar con el quórum necesario en el Directorio, el Gerente General podrá aprobarlos, con cargo a dar cuenta a su Directorio en la siguiente sesión.