Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2010 (11/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de octubre de 2010

Complementaria y Transitoria del Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, al haberse verificado que la citada embarcacion no ha ejercido esfuerzo pesquero durante el periodo comprendido desde la obtencion del permiso de pesca (23 de septiembre 1998) y la entrada en vigencia del mencionado Reglamento (14 de MORDAZA de 2007), otorgandoles un plazo diez (10) dias habiles para que ejerzan su derecho a defensa y demuestren el esfuerzo de pesca ejercido por su embarcacion; Que, el Registro de Declaraciones Juradas Mensuales por Concepto de Pago de Derechos de Pesca que posee el Area de Computo de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero en torno a la embarcacion pesquera DON MORDAZA con matricula Nº CO-17901-CM no evidencia ejercicio de esfuerzo de pesca minimo para los recursos jurel y caballa correspondiente a los anos 2004 al 2007; Que, mediante Memorando Nº 338-2010-PRODUCE/ OGTIE de fecha 27 de MORDAZA de 2010, la Oficina General de Tecnologia de de la Informacion y Estadistica, informo que respecto a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula Nº CO-17901-CM, no se encuentra registrada informacion sobre desembarques de la especie jurel y caballa para el periodo comprendido entre los anos 2001 al 2007; Que, pesar de haberseles notificado validamente el inicio del procedimiento de caducidad de su permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa, asi como haberseles otorgado un plazo razonable para que MORDAZA uso de su derecho de defensa, los administrados no han presentado argumentos o pruebas que justifiquen el incumplimiento del esfuerzo pesquero minimo de su embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula Nº CO17901-CM, durante los anos 2004 al 2007; Que, de la evaluacion de los documentos obrantes en el expediente se desprende que la embarcacion DON MORDAZA de matricula Nº CO-17901-CM, no realizo el esfuerzo de pesca minimo durante los anos 2004 al 2007, por lo que resulta procedente la declaracion de caducidad del permiso de pesca correspondiente a la citada embarcacion referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE de fecha 12 de MORDAZA 2007; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 379-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, de fecha 17 de MORDAZA de 2010; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; y, De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA de matricula CO17901-CM otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 051-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 23 de septiembre de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 117-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre 2000, unicamente en el extremo referido a los recursos jurel y caballa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y

Guardacostas del Ministerio de Defensa, como tambien debera consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
553210-7

Otorgan autorizacion al Museo de Historia Natural de la UNMSM para desarrollar proyecto "Continuacion de la Actualizacion de la Informacion Ictiologica en las Aguas Continentales del Peru"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 601-2010-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 13 de setiembre del 2010 Visto: El escrito con registro Nº 00043191-2010 del 02 de junio del 2010, y Adjuntos Nºs 1, 2 y 3 del 22 de junio, 05 de MORDAZA, y 09 de agosto del 2010 presentado por el MUSEO DE HISTORIA NATURAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA ­ UNMSM. CONSIDERANDO: Que, los articulos 3°, 14°, 20° literal b) numeral 1, 43° literal b) numeral 2, 44°, 45° y 46°, de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Ley N° 25977, establecen que el Estado promueve e incentiva la investigacion y capacitacion que realizan los Organismos Publicos especializados del Sector y las Universidades, asi como las que provienen de personas naturales y juridicas con la finalidad de incrementar el conocimiento de los recursos hidrobiologicos y sus ecosistemas: disponiendo que para el desarrollo de la investigacion pesquera, deberan contar con la autorizacion correspondiente otorgada por el Ministerio de la Produccion a nivel nacional y que esta exceptuada del pago de derechos; Que, los articulos 21°, 24° y 25° del Reglamento de la ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, precisan que la investigacion pesquera es una actividad a la que tiene derecho cualquier persona natural o juridica y que para su ejercicio requerira autorizacion previa del Ministerio de la Produccion y que las personas autorizadas estan obligadas a proporcionar a este Ministerio y en su caso, al IMARPE o ITP, los resultados de la investigacion realizada; Que, mediante escrito del visto, el MUSEO DE HISTORIA NATURAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA ­ UNMSM, solicita autorizacion para efectuar investigacion pesquera con extraccion de especimenes hidrobiologicos a traves del proyecto denominado "Continuacion de la Actualizacion de la Informacion Ictiologica en las Aguas Continentales del Peru", cuyo objetivo es actualizar los conocimientos de ictiologia peruana y difundir la informacion ictiologica provenientes de las aguas continentales del Peru, mediante la obtencion de material biologico y datos provenientes de cuencas medianas y menores relacionadas con las cabeceras en MORDAZA alta que requieren de una primera evaluacion ictiologica y otras netamente andinas (Titicaca); y ambientes acuaticos de la costa, MORDAZA y MORDAZA que requieren de un inventario actualizado; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente, se advierte que el solicitante ha cumplido con los requisitos sustantivos exigidos en el

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