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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (11/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de octubre de 2010 427340 dos (02) valuaciones comerciales, entre las que se encuentra el predio identificado con la Unidad Catastral Nº 030518, con un valor de tasación comercial actualizada de por la suma de Ocho Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 00/100 Dólares Americanos (US$ 8 895.00); Que, con el Memorándum Nº 1174-2009-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVÍAS NACIONAL, remite el Informe Nº 18-2009-MTC/20.6.3/ SOV con el que se recomienda tramitar la expedición de la Resolución Ministerial que modifi ca el valor de tasación comercial del predio en mención, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/02 y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 072-2005-MTC/02, de acuerdo al Informe Técnico de Tasación de fecha 20 de agosto de 2008, elaborado por la DNC, donde se establece el valor de tasación comercial actualizada del predio en referencia, en Ocho Mil Ochocientos Noventa y Cinco con 00/100 Dólares Americanos (US $ 8 895.00); Que, con la Nota de Elevación Nº 140-2009-MTC/20, la Dirección Ejecutiva de PROVÍAS NACIONAL, remite el Informe Nº 043-2009-MTC/20.3.EFO, de la Gerente de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVÍAS NACIONAL, el cual hace suyo, referido a la actualización de la tasación comercial del predio identifi cado con la Unidad Catastral Nº 030518, afectado por el derecho de vía de la Red Vial Nº 5: Ancón - Huacho - Pativilca; Que, con el Memorándum Nº 551-2010-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de PROVÍAS NACIONAL se remite el Memorándum Nº 346-2010-MTC/20.6, del Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVÍAS NACIONAL y el Informe Nº 05-2010/SOV que amplía el Informe Nº18- 2009-MTC/20.6.3/SOV, sustentando la actualización de la tasación comercial del predio identifi cado con la Unidad Catastral Nº 030518, afectado por el derecho de vía de la Red Vial Nº 5: Ancón - Huacho – Pativilca; Que, por Memorándum Nº 368-2010-MTC/20.3, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVÍAS NACIONAL, concuerda con el informe ampliatorio remitido por la Unidad Gerencial de Estudios, considerando procedente la aprobación de la nueva tasación comercial del predio identifi cado con la Unidad Catastral Nº 030518; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27628, 28688 y 29370, así como en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el numeral 174 del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 072-2005-MTC/02 de fecha 09 de febrero de 2005, respecto al valor de tasación del predio identifi cado con la Unidad Catastral 030518, de acuerdo al siguiente detalle: Nº Unidad Catastral Progresiva Ubicación Valor Comercial US$ 174 030518 148 + 400 Distrito Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima 8,895.00 Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 553383-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2010-MTC/02 Lima, 7 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 1 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú -en adelante la Ley-, la Aeronáutica Civil se rige por la Constitución Política del Perú, por los instrumentos internacionales vigentes, la Ley, sus reglamentos y anexos técnicos, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás normas complementarias; Que, según el artículo 8 de la Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la única Autoridad Aeronáutica Civil; Que, conforme lo señala el literal b) del artículo 9 de la Ley, la Dirección General de Aeronáutica Civil, dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano competente para proponer reglamentos a la Ley y sus anexos técnicos; Que, el artículo 158 de la Ley de Aeronáutica Civil, señala que la Autoridad Aeronáutica Civil reglamentará la determinación de infracciones y sanciones, la fi jación de multas y el procedimiento a seguir en la comprobación o investigación de los hechos; Que, actualmente, la determinación y aplicación de infracciones y sanciones a los explotadores, personal y distintas entidades del ámbito aeronáutico es realizada conforme a lo previsto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 004-97-MTC/15.12, modificado por Resolución Ministerial Nº 291-97- MTC/15.16; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha manifestado la necesidad de actualizar el Reglamento antes indicado, aprobando un nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas, que se adecúe a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC e incida en la califi cación y tratamiento de las infracciones para su mejor aplicación; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde proceder con la publicación del proyecto de norma denominado: PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de norma “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”