Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2010 (11/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion establece que una vez determinado y atribuido el PMCE a una embarcacion, este quedara ligado para todos los efectos al permiso de pesca y a la embarcacion que sirvieron de base para su calculo y determinacion inicial. El PMCE no podra ser transferido de manera independiente de la embarcacion que sirvio de base para su calculo y determinacion inicial. No procedera la asociacion o incorporacion a que se refiere este numeral en caso de verificarse que los titulares de las embarcaciones pesqueras materia de la misma cuentan con sanciones de multa o suspension que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas mediante sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el Articulo 16º del Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, se establece que a fin de asociar o incorporar de manera definitiva el PMCE fijado para una embarcacion a otra u otras embarcaciones del mismo armador que cuenten con permiso de pesca para los recursos, el armador debera comunicar al Ministerio su decision en dicho sentido, debiendo cumplir con requisitos minimos detallados en dicho Reglamento; Que, mediante el Articulo 3° de la Resolucion Directoral N° 949-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de noviembre de 2009, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA de matricula PS-0610-PM con autorizacion para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y 407.34 m3 de capacidad de bodega, en virtud a la regularizacion otorgada en el Articulo 2° de la presente Resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 622-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 18 de agosto de 2009, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar entre otras a la embarcacion pesquera MARFIL de matricula PT-6108-PM de 405.26 m3 de capacidad de bodega; y en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Directoral N° 059-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 01 de marzo del 2006, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-18818-PM; y asimismo, se autorizo el incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de esta embarcacion a 404.41 m3 de capacidad de bodega; Que, mediante Resolucion Directoral N° 168-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 16 de MORDAZA de 2006,

se modifico el Articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 128-99-PE/DNE, solo en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA II de matricula CO-18818-PM, entendiendose que la referida embarcacion pesquera cuenta con 404.41 m3 de capacidad de bodega; Que, traves de los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita la Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), del recurso anchoveta de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PS-0610-PM a las embarcaciones pesqueras MORDAZA II de matricula CO-18818-PM y MARFIL de matricula PT-6108-PM, de acuerdo al procedimiento Nº 131 del Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Ministerio de la Produccion; Que, la Oficina de Ejecucion Coactiva a traves del Oficio Nº 0753-2010-PRODUCE/OGA/OEC de fecha 21 de junio del 2010, informa que a la fecha, respecto a las embarcaciones pesqueras; DON MORDAZA de matricula PS-0610-PM y MARFIL de matricula PT6108-PM, no registran deudas cuya ejecucion se este tramitando en la citada Oficina de Ejecucion Coactiva y en relacion a la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-18818-PM presenta procedimiento de ejecucion coactiva, el mismo que se encuentra suspendido mediante la Resolucion N° 00116-2005-S, de fecha 23 de marzo de 2005, por haber interpuesto una demanda contenciosa administrativa, ante el Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, mediante Oficio N° 3862-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 06 de MORDAZA de 2010, se otorgo a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. diez (10) dias habiles para subsanar las siguientes observaciones; (i) no se ha podido verificar las facultades de representacion del representante y/o apoderado, por lo que debera consignar el titulo de MORDAZA que amerito la inscripcion de su facultades en los Registros Publicos, (ii) no han consignado el numero de la Partida Registral de las embarcaciones y/o presentado una MORDAZA de dichas partidas expedidas por la Oficina de Registros Publicos correspondientes, (iii) no ha presentado MORDAZA de Conformidad de procedimiento laboral emitida por FONCOPES correspondiente a la embarcacion DON MORDAZA, (iv) no ha presentado la MORDAZA de No Adeudo emitida por el FONCOPES, certificando que el armador ha cumplido con todos sus aportes a esta entidad, (v) no ha adjuntado la Declaracion Jurada debidamente acreditado, que respecto a la embarcacion DON MORDAZA no cuenta con sanciones de multa o suspension que no hayan sido cumplidas, (vi) no han precisado la MORDAZA de incorporacion del PMCE (centro-Norte o Sur), (vi) asimismo se le comunico, que en caso de existir acreedores con gravamen inscrito en la Partida Registral de la embarcacion DON MORDAZA, debera presentar autorizacion;

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