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El Peruano Lima, lunes 11 de octubre de 2010 427341 “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”, a fin de que se incorpore al marco normativo que rige la actividad aeronáutica civil en el país, conforme a las normas previstas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 003-2008- MTC/01 aprobada por Resolución Ministerial Nº 191- 2008-MTC/01 y modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de norma denominado: “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”, así como la descripción de los temas que involucra, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www. mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Aeronáutica Civil la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el texto del “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el texto del “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Aeronáutica Civil con atención al Sr. Andrés Villaverde, por escrito a Jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima, vía fax al 6157838 o vía correo electrónico a avillaverde@mtc.gob.pe dentro del plazo de treinta (30) días calendario, de acuerdo al formato siguiente. Artículo del Proyecto Comentarios (*) 1º 2º Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinentes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Lima, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 10 de la Ley Nº 27261 – Ley de Aeronáutica Civil del Perú, las actividades aeronáuticas civiles están sujetas al control, fi scalización y sanción de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Que, asimismo, el artículo 11 de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene amplias facultades para supervisar e inspeccionar todas las actividades aeronáuticas civiles, sean éstas realizadas por personas naturales o personas jurídicas, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas; los explotadores, así como las entidades públicas y privadas del ámbito aeronáutico, están obligados a permitir y facilitar a la Dirección General de Aeronáutica Civil el cumplimiento de sus funciones, las que se llevan a cabo a través de inspectores debidamente identifi cados; Que, el artículo 158 de la Ley Nº 27261 – Ley de Aeronáutica Civil del Perú, dispone que la Autoridad Aeronáutica Civil reglamentará la determinación de infracciones y sanciones, la fi jación de multas y el procedimiento por seguir en la comprobación o investigación de los hechos; asegurándose la existencia de dos (02) instancias y el ejercicio del derecho de defensa; Que, el artículo 319 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC, dispone que la tipifi cación de las infracciones será establecida en la reglamentación que sobre el proceso administrativo de Junta de Infracciones, se aprueba mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 004-97- MTC/15.12 se aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas; Que, sin embargo, la evolución de las actividades aeronáuticas civiles y la experiencia derivada de la aplicación de la normativa vigente, hacen necesario establecer un marco jurídico actualizado, a fi n de atender los objetivos y desarrollo de la actividad aeronáutica civil en el Perú; Que, en tal sentido, resulta necesario modifi car integralmente el Reglamento de Infracciones y Sanciones, incidiendo en la califi cación y tratamiento de las infracciones, para su mejor aplicación; De conformidad a lo señalado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y de conformidad con el artículo 158 de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil y el artículo 319 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Derogar el Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 004-97-MTC/15.12. Artículo 2º.- Aprobar el nuevo “Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas”, el mismo que forma integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. 553380-1 PROYECTO