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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (13/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de octubre de 2010 427417 Diario Ofi cial El Peruano el 03 de noviembre de 2001, se otorgó a NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en la Banda UHF, en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, cuya vigencia vencerá el 04 de noviembre de 2011; Que, con Escrito de Registro Nº 2010-021703 del 01 de junio de 2010, NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., solicitó la transferencia de su autorización a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2780-2010- MTC/28 del 10 de agosto de 2010, notifi cada el 11 de agosto de 2010, se aprobó la modifi cación de fi nalidad de la estación de radiodifusión por televisión en UHF de comercial a educativa, ubicada en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, autorizada a la empresa Negocios Generales Internacionales S.A.C mediante Resolución Viceministerial Nº 929-2001-MTC/15.03; Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, entre otros, dispone que para la procedencia de la transferencia de una autorización, debe haber transcurrido por lo menos dos (02) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorización, y que el adquiriente no se encuentre incurso en alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión; Que, se ha verifi cado que la autorización otorgada a NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., cumple las condiciones establecidas en el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, para que opere la transferencia de la autorización; y que la adquirente, la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE; sus asociados, apoderado, miembros del Consejo Directivo, no incurren en las causales de denegatoria establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión, para que se deniegue la aprobación de la transferencia solicitada a su favor; y no se encuentran comprendidas en los impedimentos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verifi cado que NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., no tiene deudas con este Ministerio, y el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 74º del acotado Reglamento; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3665 - 2010-MTC/28, considera que corresponde aprobar la transferencia de la autorización solicitada por NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., en favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, y reconocer a esta última como titular de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 929-2001-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, así como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de este Ministerio, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 929- 2001-MTC/15.03, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO – ENLACE, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, que fueran otorgadas a NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C.. Artículo 2º.- Reconocer a la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 929-2001-MTC/15.03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de las mismas. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 554047-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 705-2010-MTC/03 Lima, 22 de setiembre de 2010 VISTA, la solicitud de registro Nº 2010-021701, del 01 de junio de 2010, presentada por NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., sobre aprobación para transferir una autorización del servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna, a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 169-2001- MTC/15.03 del 07 de marzo de 2001, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de marzo de 2001, se otorgó a NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en la Banda UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna, cuya vigencia vencerá el 15 de marzo de 2011; Que, con Escrito de Registro Nº 2010-021701 del 01 de junio de 2010, NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C., solicitó la transferencia de su autorización a favor de la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO –ENLACE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2782-2010- MTC/28 del 10 de agosto de 2010, notifi cada el 11 de agosto de 2010, se aprobó la modifi cación de fi nalidad de la estación de radiodifusión por televisión en UHF de comercial a educativa, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tacna, autorizada a la empresa NEGOCIOS GENERALES INTERNACIONALES S.A.C. mediante Resolución Viceministerial Nº 169-2001- MTC/15.03; Que, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, establece que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la