Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2010 (18/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de octubre de 2010

para los semestres academicos 2010 I -II de la Universidad de Ciencias y Humanidades. Registrese, comuniquese, publiquese, y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General
556125-1

Reconocen a miembros de la Comision Organizadora de la Universidad San MORDAZA
"UNIVERSIDAD SAN ANDRES" RESOLUCION Nº 431-2010-CONAFU

MORDAZA, 24 de setiembre de 2010 VISTOS: La Resolucion Nº 197-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010, la Oficio Nº 017-USAN-2010 recibido de fecha 01 de setiembre de 2010, el Oficio Oficio Nº 650-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de setiembre de 2010, el Oficio Nº 1271-2009-CONAFU-P de fecha 17 de setiembre 2010, Acuerdo Nº 396-2010-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 22 de setiembre de 2010, Oficio Nº 019-USAN-2010 recibido de fecha 23 de setiembre de 2010, Oficio N° 715-2010-CONAFUCDAA de fecha 24 de setiembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10 del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006:"Son atribuciones del Pleno del CONAFU:.. t) Cumplir las funciones por Ley, Estatuto o Reglamentos que corresponda al Pleno CONAFU"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, en el articulo 20º del Reglamento del CONAFU, establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, por Resolucion Nº 197-2010-CONAFU de fecha 08 de MORDAZA de 2010 se resuelve: Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad San MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la

MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales; 1) Contabilidad y Finanzas, 2) Derecho y Ciencias Politicas y 3) Educacion Inicial y Primaria, cada una con 100 vacantes por ciclo Academico; Que, con Oficio Nº 017-USAN-2010 recibido de fecha 01 de setiembre de 2010, el Promotor de la Universidad San MORDAZA solicita reconocer a los doctores MORDAZA MORDAZA Colonia MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA y MORDAZA Ogres Sausa MORDAZA como miembros de la Comision Organizadora al cargo de Presidente, Vicepresidente Academico y Gerente General respectivamente, asimismo indican que no se adjunta el pago de la tasa correspondiente por no encontrarse previsto en el MORDAZA del CONAFU; Que, con Oficio Nº 650-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de setiembre de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos da a conocer que el Promotor de la Universidad San MORDAZA solicita el reconocimiento de los miembros de la Comision Organizadora; sin embargo, no ha cumplido con adjuntar la Tasa indicada en el MORDAZA ­CONAFU, opinando que lo alegado por el administrado no es procedente, motivo por el cual debera cumplir con cancelar la tasa prevista en item 13 del MORDAZA del CONAFU, dentro del plazo de 05 dias habiles bajo apercibimiento de declararse inadmisible su solicitud; Que, con Oficio Nº 1271-2009-CONAFU-P de fecha 17 de setiembre de 2010, el Presidente del CONAFU comunica a la Promotora de la Universidad San MORDAZA que debera presentar el pago de la Tasa prevista en el item 13 del MORDAZA del CONAFU dentro del plazo de cinco (05) dias habiles bajo apercibimiento de declararse inadmisible su solicitud; Que, en sesion de fecha 22 de setiembre de 2010, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 396-2010CONAFU convino por UNANIMIDAD: Autorizar se expida la Resolucion de designacion de la Comision Organizadora propuesta de la Universidad San MORDAZA, siempre que cumpla con realizar el pago establecido en el TUPA; Que, con Oficio Nº 019-USAN-2010 recibido de fecha 23 de setiembre de 2010, el senor MORDAZA Ogres Sausa MORDAZA, representante de la Promotora de la Universidad San MORDAZA remita MORDAZA de la tasa requerida mediante Oficio Nº 1271-2010-CONAFU-P, en consecuencia solicita que este Consejo Nacional proceda con el Reconocimiento de los miembros de la Comision Organizadora de la referida Universidad; Que, con Oficio N° 715-2010-CONAFU-CDAA de fecha 24 de setiembre de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos, informa que el Promotor de la Universidad San MORDAZA, ha cumplido con adjuntar el voucher de pago, que consta en el expediente, correspondiente al item 13 del MORDAZA del CONAFU; por lo tanto de conformidad a lo convenido mediante Acuerdo Nº 396-2010-CONAFU, opina: se proceda a reconocer como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad San MORDAZA a los profesionales Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA Ogres Sausa MORDAZA en el cargo de Presidente y Gerente General respectivamente, los mismo que cumplen con los requisitos exigidos en la Resolucion Nº 100-2005-CONAFU y sus modificatorias; asimismo en cuanto al profesional propuesto para el cargo de Vicepresidente Academico no cumple con los 05 anos de profesor principal; por ello, debera de proponer un MORDAZA candidato; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECONOCER como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad San MORDAZA

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