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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de octubre de 2010 427789 De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920 y demás normas complementarias y los Procedimientos Nº 7 y 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 109-98-CTAR-LAMB/DRP, sólo en el extremo referido a la matrícula de la embarcación pesquera “MI HUBERDINO 3”, la misma que en adelante será Nº CE-11169-CM. Artículo 2°.- Aprobar a favor del señor GERSON JUNIORS CHANCAFE LIZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MI HUBERDINO 3” con matrícula Nº CE-11169-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 109- 98-CTAR-LAMB/DRP, condicionándose su vigencia al resultado de la demanda de Revisión Judicial ante la Quinta Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a MERCEDES BARRIOS QUESQUEN, a través de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 109-98-CTAR-LAMB/ DRP, para operar la embarcación pesquera denominada “MI HUBERDINO 3” con matrícula Nº CE-11169-CM. Artículo 4°.- Consignar al señor GERSON JUNIORS CHANCAFE LIZA, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “MI HUBERDINO 3” con matrícula Nº CE-11169-CM, así como, la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MERCEDES BARRIOS QUESQUEN y la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 109-98-CTAR-LAMB/ DRP de dicho Anexo. Artículo 5º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002- PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 556216-7 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Directiva “Procedimiento para la Adjudicación de Depósitos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 473-2010-MTC/03 Lima, 14 de octubre de 2010 VISTO el Informe Nº 1088-2010-MTC/24 de la Secretaría Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de Reglamento de la Ley Nº 28900, Ley que otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de derecho público, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC establece que los recursos del FITEL serán depositados en cualquier institución del Sistema Financiero Nacional o entidades fi nancieras del extranjero sujetas a supervisión en sus respectivos países, y que los depósitos podrán hacerse en moneda nacional o extranjera, en cuentas corrientes, depósito a plazo, de ahorros o cualquier otra modalidad autorizada por ley y de acuerdo a las disposiciones que establezca para tal efecto el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF; Que, el artículo 7 del Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL aprobado con Decreto Supremo Nº 036-2008- MTC, establece que es función del Directorio del FITEL, entre otros, aprobar las Directivas y Reglamentos que regulen procedimientos administrativos que deban ser implementados dentro del marco de competencia de FITEL, los mismos que se formalizarán mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, el Directorio del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, mediante Acuerdo de Directorio Nº 026-2009/FITEL, aprobó el nuevo texto actualizado de la Directiva “Procedimiento para la Adjudicación de Depósitos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL”; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el respectivo acto administrativo que formalice la aprobación de la Directiva “Procedimiento para adjudicación de Depósitos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL”; De conformidad con las normas precitadas, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002- 2010-MTC/24 “Procedimiento para la Adjudicación de Depósitos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL”, en cumplimiento de lo señalado en el numeral 14) del artículo 7 del Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL aprobado con Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL, para su conocimiento y fi nes.