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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (18/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de octubre de 2010 427790 Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental la publicación de la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 556283-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto y designan a Intendentes de las Aduanas de Puno e Iquitos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 280-2010/SUNAT Lima, 15 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que el Artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el Artículo 6º de la referida Ley establece que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza, surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 604-2008/SUNAT/A se designó a los señores Rubén Canlla Valenzuela y Richard Vela Núñez, en los cargos de Intendentes de Aduana de Puno e Iquitos, respectivamente; Que se ha considerado pertinente dejar sin efecto, a partir del 26 de octubre de 2010, las designaciones antes mencionadas y proceder a designar a las personas que asumirán en su reemplazo los referidos cargos; Que los mencionados cargos son considerados de confianza, de acuerdo a la Resolución Suprema Nº 105-2008-EF que aprobó la modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el inciso i) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 26 de octubre de 2010, las designaciones efectuadas a las siguientes personas en los cargos de confi anza que se indican, dándoseles las gracias por su desempeño en la labor encomendada: - Intendente de Aduana de Puno Señor Rubén Canlla Valenzuela - Intendente de Aduana de Iquitos Señor Richard Vela Núñez Artículo 2º.- Designar, a partir del 26 de octubre de 2010, en los siguientes cargos de confi anza a las personas que a continuación se señalan: - Intendente de Aduana de Puno Señor Fernando Waldir Núñez Jáuregui - Intendente de Aduana de Iquitos Señor Jyns José Francisco Ordoñez Torres Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 556183-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL