Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2010 (07/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de setiembre de 2010

MORDAZA de Cobranza de Ejecucion Coactiva se establece un beneficio de deduccion del 50% del monto insoluto, para aquellos infractores que durante la vigencia del presente beneficio cumplan con cancelar las multas administrativas y de sancion respectivas. Articulo 5º.- CONDONACION DE VALORES CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2007, 2008 Y 2009. a) Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago, emitidos en el ejercicio 2007, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad dicho valor. b) Se condonara el 60% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2008, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. c) Se condonara el 40% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2009, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. Articulo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS Respecto de las deudas derivadas de multas tributarias se otorgaran los siguientes beneficios: a) Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar dicha multa, y la totalidad de la deuda establecida en las Resoluciones de Determinacion que se encuentre en cobranza ordinaria o coactiva. b) Se exonerara el 100% de la Multa Tributaria y sus intereses a aquellos contribuyentes que inscriban sus predios, declaren y/o regularicen su estado actual, siempre y cuando cancelen el total del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes. No se encuentran comprendidas aquellas Multas Tributarias de las cuales se hayan iniciado procedimiento coactivo, producto del cual se hayan trabado medidas preventivas o garantias a favor de la Municipalidad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º de la presente ordenanza. Articulo 7º.- DEUDAS EN PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA El beneficio establecido en la presente Ordenanza tambien alcanza a aquellas deudas tributarias y no tributarias que se encuentren en procedimiento de ejecucion coactiva, condonandose ademas el 100% de las costas y gastos procesales. Articulo 8º.- CONDONACION DE LOS INTERESES DE LAS DEUDAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE. Se condonara el 100% de los intereses y moras de las deudas por el servicio de Agua Potable de los anos 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, que figuren pendientes de pago en el Sistema de Tributacion Municipal; siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad el monto insoluto de la deuda que se encuentre en cobranza ordinaria. Articulo 9º.- FORMAS DE PAGO La forma de pago seran al contado del integro de la deuda, durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- DE LOS FRACCIONAMIENTO DE PAGO PENDIENTES Los convenios de fraccionamiento que tienen saldos pendientes de pago, podran ser cancelados durante la vigencia de la presente Ordenanza, sin reajustes, sin moras y sin intereses, siempre que el deudor cancele la totalidad de las cuotas de la deuda fraccionada. Articulo 11º.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA. Los contribuyentes que se acogen a los Beneficios establecidos en la presente Ordenanza Municipal, reconocen expresamente sus obligaciones pendientes de pago; por lo que, en caso de reclamaciones y/o

impugnaciones futuras en este extremo seran declaradas improcedentes. Articulo 12º.GARANTIAS O MEDIDAS CAUTELARES Las garantias que se encuentren otorgadas a favor de la Municipalidad, asi como las medidas preventivas trabadas, se mantendran en tanto concluya la cobranza de la deuda tributaria y/o deuda no tributaria, salvo que el contribuyente la sustituya por otras a satisfaccion de la administracion. Articulo 13º.- EXCLUSIONES No se encuentran incluidos en los alcances de la presente Ordenanza: a) Los contribuyentes que tengan expedientes en tramite sobre reclamaciones y/o impugnaciones, demanda contenciosa administrativa, accion de MORDAZA en tramite ante la Municipalidad, Tribunal Fiscal o Poder Judicial, salvo que presenten su solicitud de desistimiento de acuerdo a las normas del procedimiento administrativo, tributario, contencioso tributario y/o procesal civil, segun corresponda, caso contrario solo podran acogerse por la parte de la deuda no reclamada. b) Los contribuyentes que hubieren abonado y/o fraccionado el total de sus obligaciones con anterioridad a la entrada en vigencia del presente dispositivo. Articulo 14º.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia desde el 08 de Setiembre al 01 de Octubre del 2010. DISPOSICIONES FINALES Primero: Durante la vigencia de la presente Ordenanza, quedara suspendida la Ordenanza Municipal No. 084-MDCH, de fecha 27 de MORDAZA del 2004, referida al Reglamento de Fraccionamiento de Incentivo al pago total de deudas Tributarias y no Tributarias. Segundo. Se encarga a la Subgerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Ejecucion Coactiva, Subgerencia de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana Fiscalizacion y Control, y Subgerencia de Tesoreria; el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, debiendo todas las demas dependencias de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercero: Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer su prorroga de ser el caso. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 539899-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan viaje de Regidor y de policia municipal a MORDAZA para la entrega de donativos recolectados por el Municipio para la MORDAZA del friaje y para MORDAZA medica a realizarse en el distrito de Pucara, provincia de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 095-2010-MSI San MORDAZA, 25 de agosto de 2010.

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