NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (07/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de setiembre de 2010 425221 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto, en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 091-2010/ MSI de fecha 11 de Agosto de 2010, se autorizó al señor regidor Jaime Augusto Jara Carranza, para que en nombre y representación de la Municipalidad de San Isidro, asista a la campaña médica a realizarse los días 4 y 5 de setiembre a cargo de la Asociación Vida Perú, en el distrito de Pucará, Provincia de Lampa, Departamento de Puno, encargándose a la Administración Municipal cubrir con los gastos que generen la adquisición del pasaje vía aérea, Lima-Juliaca-Lima, pago de impuestos por uso de aeropuerto, viáticos y hospedaje desde el viernes 03 al 05 de setiembre de 2010; Que, mediante documento de fecha 20 de agosto del presente año, la Asociación Vida Perú señala que por motivos de fuerza mayor se está postergando la actividad programada para la segunda semana del mes de setiembre (10, 11 y 12), motivo por el cual solicitan se efectúen las coordinaciones necesarias; Que, es necesario se otorgue un fondo por encargo a fi n poder cubrir diversos costos, tales como gastos de transporte, fl ete, de supervisión y otros, para la entrega de los bienes recolectados en zonas aledañas al distrito de Pucará que no se encuentran comprendidas en el apoyo de la campaña médica a cargo de la mencionada Asociación; Que, el señor regidor será asistido por el señor Gabino Ticona Choque, policía municipal de esta Corporación Edil, quien efectuará las coordinaciones ante las autoridades de la Municipalidad Distrital de Pucará a fi n de llevar a cabo con éxito la entrega de dichos donativos; Estando a lo expuesto y al amparo de los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar al regidor señor Jaime Augusto Jara Carranza para que en nombre y representación de la Municipalidad de San Isidro, asista en comisión de servicios para realizar la entrega de donativos recolectados por el Municipio para la campaña del friaje y a su vez a la campaña médica a realizarse los días 10, 11 y 12 de setiembre a cargo de la Asociación Vida Perú en el distrito de Pucará, Provincia de Lampa, Departamento de Puno. Artículo Segundo.- Establézcase que la partida del regidor será el día martes 7 y el retorno se realizará el lunes 13 de setiembre de 2010, a fi n que previamente pueda realizar el reparto de los bienes recolectados en el distrito y asumir los gastos que adicionalmente se sumen por transporte, fl ete, supervisión y otros para la entrega de dichos bienes, en zonas aledañas que no se encuentran comprendidas en el apoyo de la campaña médica a cargo de la mencionada Asociación. Artículo Tercero.- Autorizar a la Administración Municipal asumir el costo de la adquisición del pasaje aéreo Lima-Juliaca-Lima del regidor Jaime Augusto Jara Carranza, el pago de impuesto por uso de aeropuerto, viáticos y hospedaje, durante las fechas antes mencionadas, así como otorgarle un fondo por encargo hasta por la suma de S/. 8,000.00 (OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, quien asumirá la responsabilidad de la naturaleza de los gastos y rendirá cuenta documentada a la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo Cuarto.- Autorizar al señor Gabino Ticona Choque, policía municipal de esta Corporación Edil, para que en nombre y representación de la Municipalidad de San Isidro, asista en comisión de servicios al distrito de Pucará, Provincia de Lampa, Departamento de Puno, debiendo asumir la Administración Municipal el pago del costo del pasaje terrestre Lima-Juliaca-Lima, viáticos y hospedaje del mencionado servidor desde el día 06 al 13 del mes de setiembre del presente año. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Administración y Finanzas y Subgerencia de Logística y Servicios Generales. Regístrese, comuníquese y cúmplase E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 539678-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Adecúan el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por Ordenanza Nº 199- MDSM ORDENANZA Nº 203-MDSM San Miguel, 27 de agosto del 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria en la fecha; Que, la ordenanza Nº 199-MDSM aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, disponiendo en su artículo 3º que a partir de su vigencia queda derogada o sin efecto toda norma que se le oponga, por lo que corresponde adecuar el marco normativo afectado al nuevo cuadro de competencias aprobado, asegurando la consistencia del sistema de producción legislativa de la entidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ADECUA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) APROBADO POR ORDENANZA Nº 199-MDSM Artículo 1º.- Objeto de la Ordenanza La presente ordenanza tiene por objeto adecuar las disposiciones establecidas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias promulgado con Ordenanza Nº 179-MDSM, al nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad aprobado pro ordenanza Nº 199-MDSM. Artículo 2º.- Adecuación al Reglamento de Organización y Funciones Modifi car los artículos 24º y 28º del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, quedando redactados como sigue: “Artículo 24º.- DECLARACIÓN DE LA PÉRDIDA Se dará por declarada la Pérdida del Fraccionamiento con la emisión de la Resolución Subgerencial por las causales establecidas en el artículo precedente, constituyendo este el nuevo valor.” “Artículo 28º.- DEL CONTROL DEL FRACCIONAMIENTO En el caso de incumplimiento, se procederá con lo establecido en el Título VI del presente reglamento. La