Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA

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los beneficios no tributarios establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 000016-2010, hasta por un plazo de sesenta dias habiles; Que, las municipalidades pueden establecer beneficios y facilidades de pago a sus administrados, respecto de sus obligaciones nacidas como parte del incumplimiento de sus obligaciones de caracter tributarias y no tributarias, con la finalidad que los mismos cumplan con regularizarlos, teniendo en cuenta la capacidad contributiva de los vecinos de nuestra jurisdiccion, involucrando un criterio de colaboracion por parte de la municipalidad con sus administrados, retribuyendo estos con el cumplimiento de sus obligaciones con nuestra comuna; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000213, el mismo que aprobo la prorroga de la vigencia del Programa de Beneficios No Tributarios en el Cercado del Callao y la modificacion de los alcances del referido programa, modificandose el articulo 8 de la Ordenanza Municipal Nº 000016 del 25 de febrero de 2010, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 085-2010MPC-GGATR de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas hace MORDAZA el Informe Nº 1370-2010MPC-GGATR-GR de la Gerencia de Recaudacion, asimismo, el Informe Nº 947-2010-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opinando de manera favorable a la aprobacion de la presente Ordenanza al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA PRORROGA DE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO Y LA MODIFICACION DE LOS ALCANCES DEL REFERIDO PROGRAMA Articulo 1.- Prorrogase la vigencia de los Beneficios No Tributarios establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 000016 de fecha 25 de febrero de 2010, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 3 de marzo del mismo ano, hasta el 31 de diciembre de 2010. Articulo 2.- Modificase el articulo 8º de la Ordenanza Municipal Nº 000016 de fecha 25 de febrero de 2010, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 3 de marzo de 2010, por el siguiente texto: "Articulo 8°. COSTAS Y GASTOS EN PROCEDIMIENTOS DE COBRANZA COACTIVA LOS

VISTO; El Dictamen Nº 0340-2010-GPP/MPB de fecha 31 de agosto del 2010, emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, relacionado a la Modificacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA - 2010 - de la Municipalidad Provincial de Barranca. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, con Ordenanza Municipal Nº 007-2010-AL/ CPB se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA ­ 2010 y de conformidad con el Art. 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, numeral 38.5 establece que: Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3. Que, asimismo el Art. 36º numeral 36.3 de la Ley MORDAZA mencionada estipula que: Las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente. Que, con Informe Nº 030-2010-SGPR-MPB, el Sub Gerente de Planeamiento y Racionalizacion sustenta las modificaciones al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ 2010, las cuales son resultado de las diversas reuniones sostenidas con los subgerentes y jefes de unidades de las diferentes areas que conforman la estructura organica de la Municipalidad Provincial de Barranca. Siendo corroborado mediante Informe Legal N° 1490-2010-OAJ/MPB., y Memorandum N° 1045-2010-GM/MLBB-MPB. Estando las consideraciones expuestas y con la autonomia, competencia y facultades previstas en el articulo II, del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el articulo 20º inciso 6) y articulo 42º de la misma ley acotada: DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR en parte el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2010, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2010-AL/CPB en lo concerniente al detalle que como anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 2º.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como el Anexo que forma parte del mismo, en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de servicios a las empresas y ciudadanos www. serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General, a traves de la Unidad de Imagen Institucional la difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial

Se exonerara de las costas y gastos administrativos generados en el procedimiento de cobranza coactiva a los administrados que se acojan al presente programa de beneficios no tributarios. Articulo 3.- Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4.- Facultase al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Modifican en parte el MORDAZA 2010 de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2010-AL/MPB
Barranca, 1 de setiembre del 2010

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