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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (10/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de setiembre de 2010 425508 promovidas por los pobladores de nuestro distrito, que carecen de recursos económicos necesarios para sufragar los costos por concepto de Autoliquidación, correspondientes a obtener su Licencia de Edifi caciones para edifi caciones de mercados, por lo que debe considerarse como parte de la política de promoción de la inversión, el otorgar dicho benefi cio; Que, con el propósito de otorgar dicho benefi cio, es necesario incorporar la reducción por concepto de pago por Autoliquidación dentro del procedimiento a obtener la respectiva Licencia de Edifi cación dentro de la Modalidad C, correspondiente a uno de los requisitos del mismo, de conformidad con la Ley N° 29476 Ley que modifi ca la Ley N° 29090; De conformidad con las atribuciones conferidas en los numerales 8 y 9 del Artículo 9° y a lo dispuesto en los Artículos 39°, 40° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del Debate aprobó con algunas precisiones de redacción por “UNANIMIDAD” de la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS DE REDUCCION DE PAGO POR CONCEPTO DE LA AUTOLIQUIDACION DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION Artículo Primero .- APROBAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2010 el otorgamiento de benefi cio de reducción del pago por concepto de la Autoliquidación para la obtención de la Licencia de Edifi cación dentro de la Modalidad C, en edifi caciones para mercados, de 1.5% a 0.5% de valor de la obra, como pago de derechos contenidos en la Ley N° 29090 y su Modifi catoria. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita los Decretos de Alcaldía que resulten necesarios para implementar las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano-Rural a través de la Subgerencia de Obras Privadas y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la ejecución y difusión, respectivamente de la presente Ordenanza y a la Secretaría General, la publicación en el Diario Ofi cial. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 541247-1 Prorrogan beneficios tributarios a que se refieren la Ordenanza Nº 188-MDC y el D.A. Nº 006-2010-A/MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2010-A/MDC Carabayllo, 1 de setiembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 200/MDC del 17 de Junio del 2010, se aprobó el sorteo público para el día 31 de Julio del 2010, denominado: “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS, LA MUNICIPALIDAD PREMIA TU PUNTUALIDAD, PAGA TUS IMPUESTOS Y LLEVATE UN AUTO DEL AÑO” para los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, afectos al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, que al 31 de Julio del presente año hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias; Que, con Informe N° 084-2010/GR/MDC de fecha 30 de Junio del 2010, la Gerencia de Renta hace de conocimiento de la Alta Dirección la necesidad de prorrogar hasta el 31 de Agosto del 2010, los benefi cios tributarios existentes aprobados mediante Ordenanza N° 188-MDC, con el fi n de darle mayor impulso a los resultados tributarios que se esperan de éste sorteo; Que, con fecha 05 de Julio del 2010, se emitió el Decreto de Alcaldía N° 009-2010-A/MDC, prorrogando los benefi cios tributarios a que se refi ere la Ordenanza Municipal N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006- 2010-A/MDC al 31 de Julio del 2010; y, mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2010-A/MDC del 05 de Agosto del 2010, se prorrogó dichos benefi cios hasta el 31 de Agosto del presente año; los mismos que resulta necesario ampliar hasta el 30 de Setiembre del 2010 según lo solicitado por la Gerencia de Rentas en el Informe N° 105-2010-MDC/ GR, de fecha 26 de Agosto del 2010; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; y, de conformidad con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20° y a lo normado por el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR los Beneficios Tributarios a que se refiere la Ordenanza Municipal N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006-2010-A/ MDC, hasta el 30 de Setiembre del 2010, de acuerdo con los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Informática y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 541246-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Modifican el TUPA en lo referido a licencia de funcionamiento ORDENANZA Nº 0218-MDI Independencia, 31 de agosto del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de a fecha. el Informe Nº 034- 2010-GDEL/MDI de fecha 27 de agosto del 2010 que propone la modifi cación del Procedimiento Administrativo Licencia de Funcionamiento contenido en el TUPA, de la División de Comercialización y Defensa Al Consumidor correspondiente a CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida por las Municipalidades, dejando anacrónica y obsoleta nuestra Ordenanza 117; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 145 se regula los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el distrito de Independencia, así como su incorporación al texto único de procedimientos administrativos aprobado mediante ordenanza 117-MDI.