NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (10/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de setiembre de 2010 425500 bajo la denominación de Juzgado de Paz Letrado Laboral de Tacna; y b) la competencia funcional y territorial del Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, bajo la denominación de Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, respectivamente; Segundo: Que, a fi n de brindar adecuado servicio de administración de justicia; es menester establecer correctamente las competencias de los mencionados órganos jurisdiccionales respecto a las Provincias de Candarave y Jorge Basadre del referido Distrito Judicial; en mérito de los acuerdos adoptados por la Comisión Distrital de Implementación de la Ley Procesal del Trabajo en sesión de fecha 21 de junio del año en curso, en la que se estableció la competencia del Juzgado de Paz Letrado de Tarata, teniendo en cuenta que la distancia que existe entre la Provincia de Tarata a la Provincia de Candarave es de dos horas y media en transporte terrestre, mientras que la distancia entre la Provincia de Tacna a Candarave es de cuatro horas y media con el mismo medio de transporte; Tercero: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, inciso 26º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para disponer las medidas convenientes cuando así se requiera para la más rápida y efi caz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Gonzáles Campos por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 237-2010-CE-PJ de fecha 07 de julio del año en curso, el cual tendrá el siguiente texto: “Artículo Segundo: Disponer la nueva denominación y competencia de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Tacna: • El Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, asumirá la competencia de los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con competencia provincial, bajo la denominación de Juzgado de Paz Letrado Laboral de Tacna, y competencia además en la Provincia de Jorge Basadre Grohmann. • El Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, asumirán en adición a sus funciones los procesos laborales de la anterior ley procesal, hasta su culminación, bajo la denominación de Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Su competencia comprenderá además la Provincia de Jorge Basadre Grohmann. Debiendo el Juzgado Mixto de la Provincia de Jorge Basadre Grohmann, trasladar, en forma equitativa, al Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, los procesos iniciados con la anterior ley procesal, que sean de su competencia por razón de cuantía. • El Juzgado de Paz Letrado de Tarata, asumirá en adición a sus funciones la competencia de los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con su misma competencia territorial; comprendiendo además la Provincia de Candarave. Además el Juzgado de Paz Letrado de Tarata, continuará asumiendo los procesos de la anterior ley procesal, hasta su culminación, con su misma competencia territorial; comprendiendo además la Provincia de Candarave. El Juzgado Mixto de la Provincia de Candarave, remitirá al referido órgano jurisdiccional los procesos laborales iniciados con la anterior ley procesal, que sean de su competencia por razón de cuantía. • El Juzgado de Paz Letrado de Alto de la Alianza y el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Gregorio Albarracín continuarán conociendo, en adición a sus funciones, los procesos laborales de la anterior ley procesal.” Artículo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna y a la Gerencia General del Poder Judicial a dictar las medidas complementarias, en cuanto sea de su competencia, para el adecuado cumplimiento de la presente disposición. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo, Corte Superior de Justicia de Tacna y a la Gerencia General del Poder Judicial , para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE 541620-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Comisión de Asuntos Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 702-2010-P-CSJL-PJ Lima, 8 de setiembre de 2010 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 228-2010-P-CSJLI/ PJ de fecha 9 de marzo de 2010 y los Ofi cios N° 02- 2010-MVDRB/CSJLI y 004-2010-HHR-17JTL/CSJL-PJ presentados por los doctores Mariem Vicky de la Rosa Bedriñana y Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez con fechas 26 de marzo y 12 de abril del año en curso, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante resolución administrativa de vistos, se conformó la Comisión de Asuntos Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2010; Que, mediante ofi cios de vistos los doctores Mariem Vicky de la Rosa Bedriñana y Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez formulan renuncia a seguir perteneciendo como magistrados integrantes de la mencionada Comisión; Que, por las razones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por aceptada la renuncia formulada por los doctores Mariem Vicky de la Rosa Bedriñana y Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez a seguir integrando la Comisión de Asuntos Laborales, con retroactividad a las fechas de presentación de sus solicitudes, quedando reconformada la misma por los siguientes magistrados y funcionarios: Dr. Abrahan Percy Torres Gamarra, Juez Superior (T), Presidente Dr. Juan Carlos Chávez Páucar, Juez Especializado (T) Dr. Máximo Saúl Barboza Ludeña, Juez Especializado (T) Dra. María Rosario Macuri Luna, Jefa de la Ofi cina de Personal Artículo Segundo.- Poner la presente resolución administrativa en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal, Magistrados y Funcionaria Integrantes de la Comisión y Sindicato