Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2011 (10/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Informe Nº 002-2011-MPM/CEPN, y documentos adjuntos que constan de 177 folios utiles; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, con personeria juridica de derecho publico, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Quincuagesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29465-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, modificada por el articulo 1 del D.U.Nº 113-2009, autoriza, progresivamente, el nombramiento de personal en las entidades del Sector Publico, que a la fecha de entrada en vigencia de la referida Ley cuenten con mas de tres anos de servicios consecutivos, ocupen plazas presupuestadas vacante bajo la modalidad de servicios personales y reunen los requisitos establecidos en las leyes de MORDAZA correspondiente; Que, en merito a la Ley en mencion, mediante D.S. Nº 111-2010, se aprobo los lineamientos para Nºmbramiento de Personal Contratado en el Sector Publico; debiendo el personal contratado de las entidades publicas, incluyendo a los gobiernos locales, estableciendo los requisitos y procedimientos hasta concluir con la expedicion de la Resolucion de nombramiento y su respectiva publicacion en el diario oficial El Peruano; Que, en la MORDAZA acotada en linea arriba, se precisa en el rubro de lineamientos numeral 4, que se encuentra comprendido dentro de los alcances de esta MORDAZA el personal que a la fecha de emision de los lineamientos, esto es el 19 de diciembre del 2010, cuente con un contrato vigente de servicios personales para labores de naturaleza permanente dentro de los regimenes de MORDAZA por un mas de tres anos consecutivos, los mimos que deberan ser contados desde el inicio de la relacion contractual hasta el 01 de enero del 2010, asi mismo precisa los parametros para el nombramiento por concurso y su procedimiento; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 003-2011MPM de fecha 10 de marzo del 2011, el titular del pliego conforma el Comite de Evaluacion para el MORDAZA de Nºmbramiento por Concurso; y en efecto en estricta observancia del numeral 8.6.8 del D.S.Nº 111-2010 PCM, y habiendo concluido la Comision con el MORDAZA de evaluacion, asimismo ha cumplido con los procedimientos establecidos en los lineamientos y han elevado el informe tecnico correspondiente, por lo que debera emitirse la resolucion de nombramiento; Que, se advierte del Informe citado en el visto de la presente resolucion, el cumplimiento de la acotada MORDAZA, habiendo precluido cada una de las etapas y ejecutado cada uno de los items de las bases que fueron oportunamente publicadas, advirtiendose que se ha cumplido con los requisitos de ley, siendo el caso de los veintitres postulantes que a continuacion se detalla:. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 85, MORDAZA MORDAZA LABAJOS, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 88, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CHOFER, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 77; MORDAZA MORDAZA MOZOMBITE, CHOFER II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 141; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DIBUJANTE I, Nivel Remunerativo STC, CAP Nº 127; MORDAZA MORDAZA FEBRES, CAJERO I, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 42; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el referido servidor postula a la PLAZA DE TECNICO ADMNISTRATIVO III, nivel remunerativo STB, plaza Nº 16 del CAP, la

misma que se encuentra presupuestada; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 032, desde el 13 de enero de 2003 ; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA , el referido servidor postula a la TOPOGRAFO I, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 130; BERLAIN MORDAZA MORDAZA, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel SAC, CAP Nº 89; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CHOFER II, Nivel STB, CAP Nº 139; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 143; LUCIOLA MORDAZA BARDALEZ, TECNICO ADMINISTRATIVO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 73; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el referido trabajador postula a la plaza de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 31; MORDAZA TULUMBA MORDAZA, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 90; MORDAZA VALLES MORDAZA, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 91; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, SECRETARIA II, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 21; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el referido trabajador postula a la plaza de TECNICO ADMINISTRATIVO, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 33, plaza que se encuentra presupuestada; MORDAZA MORDAZA BARDALEZ, TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 095, DOYLI MORDAZA MORDAZA, trabajadora que postula a la plaza de SECRETARIA II, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 30; ZARELA MORDAZA ALVAN, TECNICO ADMINISTRATIVO III, Nivel Remunerativo STA, CAP Nº 150; MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, trabajador que postula a la plaza de ESTADISTICO I, Nivel Remunerativo SPC, CAP Nº 26 y GILBER PUSCAN MORDAZA, OPERADOR PAD II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 63; por lo que a la fecha de la publicacion de los lineamientos para el nombramiento, los mencionados trabajadores han rebasado los tres anos de continuidad laboral, y conforme se advierte de los instrumentos de gestion de la Municipalidad los puestos laborales que se mencionan son de naturaleza permanente; Que, la Comision de evaluacion ha procedido oportunamente con la evaluacion curricular y la evaluacion tecnica para posteriormente proceder con la entrevista personal a los postulantes, conforme se advierte de cada una de las cartas que obran en los actuados del Informe Tecnico, por lo que corresponde emitirse la correspondiente Resolucion de Alcaldia; Que, por otro lado, debe precisarse que el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, establece que el ingreso a la MORDAZA publica administrativa sera por el nivel inicial de cada grupo ocupacional, y el D.S.Nº 005-90-PCM-Reglamento de la MORDAZA Administrativa, en su articulo 28 establece que "EL ingreso a la administracion publica en la condicion de servidor de MORDAZA se efectua obligatoriamente mediante concurso. La incorporacion a la MORDAZA administrativa sera por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postulo"., por lo que en la emision de la resolucion de nombramiento debera precisarse este extremo legal; Que, el articulo 43 de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, establece que "Las resoluciones de alcaldia aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo"; Que, en este orden de premisas, y con las facultades conferidas por el Articulo 20 inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.-. ESTABLECER la condicion laboral de los trabajadores que en el cuadro anexo en linea abajo se indica como PERSONAL NOMBRADO de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, a partir del 30 de junio del 2011, en el Regimen Laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90 PCM, quedando incorporados a la MORDAZA Administrativa:

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