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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (10/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de agosto de 2011 448247 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Informe Nº 002-2011-MPM/CEPN, y documentos adjuntos que constan de 177 folios útiles; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con personería jurídica de derecho público, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, modifi cada por el artículo 1 del D.U.Nº 113-2009, autoriza, progresivamente, el nombramiento de personal en las entidades del Sector Público, que a la fecha de entrada en vigencia de la referida Ley cuenten con mas de tres años de servicios consecutivos, ocupen plazas presupuestadas vacante bajo la modalidad de servicios personales y reúnen los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondiente; Que, en mérito a la Ley en mención, mediante D.S. Nº 111-2010, se aprobó los lineamientos para Nºmbramiento de Personal Contratado en el Sector Público; debiendo el personal contratado de las entidades públicas, incluyendo a los gobiernos locales, estableciendo los requisitos y procedimientos hasta concluir con la expedición de la Resolución de nombramiento y su respectiva publicación en el diario oficial El Peruano; Que, en la norma acotada en línea arriba, se precisa en el rubro de lineamientos numeral 4, que se encuentra comprendido dentro de los alcances de esta norma el personal que a la fecha de emisión de los lineamientos, esto es el 19 de diciembre del 2010, cuente con un contrato vigente de servicios personales para labores de naturaleza permanente dentro de los regímenes de carrera por un mas de tres años consecutivos, los mimos que deberán ser contados desde el inicio de la relación contractual hasta el 01 de enero del 2010, así mismo precisa los parámetros para el nombramiento por concurso y su procedimiento; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 003-2011- MPM de fecha 10 de marzo del 2011, el titular del pliego conforma el Comité de Evaluación para el Proceso de Nºmbramiento por Concurso; y en efecto en estricta observancia del numeral 8.6.8 del D.S.Nº 111-2010 PCM, y habiendo concluido la Comisión con el proceso de evaluación, asimismo ha cumplido con los procedimientos establecidos en los lineamientos y han elevado el informe técnico correspondiente, por lo que deberá emitirse la resolución de nombramiento; Que, se advierte del Informe citado en el visto de la presente resolución, el cumplimiento de la acotada norma, habiendo precluído cada una de las etapas y ejecutado cada uno de los ítems de las bases que fueron oportunamente publicadas, advirtiéndose que se ha cumplido con los requisitos de ley, siendo el caso de los veintitrés postulantes que a continuación se detalla:. JOSE OCTAVIO BOCANEGRA CHUJUTALLI, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 85, MIGUEL OLORTEGUI LABAJOS, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 88, ROBERTO HIDALGO OLORTEGUI, CHOFER, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 77; ROLDAN MACEDO MOZOMBITE, CHOFER II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 141; JOSE MANUEL PINEDO CABRERA, DIBUJANTE I, Nivel Remunerativo STC, CAP Nº 127; WILFREDO VILLACORTA FEBRES, CAJERO I, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 42; LUIS ENRIQUE NORIEGA VALDEZ, el referido servidor postula a la PLAZA DE TECNICO ADMNISTRATIVO III, nivel remunerativo STB, plaza Nº 16 del CAP, la misma que se encuentra presupuestada; RAFAEL TORRES GUERRA, TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 032, desde el 13 de enero de 2003 ; JUAN DANIEL VASQUEZ HIDALGO , el referido servidor postula a la TOPOGRAFO I, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 130; BERLAIN SALAS SALAS, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel SAC, CAP Nº 89; RICARDO CARDENAS PEZO, CHOFER II, Nivel STB, CAP Nº 139; FELIX MANUEL VELA ANGULO, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 143; LUCIOLA ALVAREZ BARDALEZ, TECNICO ADMINISTRATIVO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 73; MARIA ANGELICA REYES VENTURA, el referido trabajador postula a la plaza de TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 31; JORGE TULUMBA SABOYA, TRABAJADOR DE SERVICIO I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 90; LEONIDAS VALLES ROJAS, TRABAJADOR DE SERVICIOS I, Nivel Remunerativo SAC, CAP Nº 91; ROSA ASUNCION VASQUEZ BARDALES, SECRETARIA II, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 21; GREGORIO JULIAN HERRERA SANTIAGO, el referido trabajador postula a la plaza de TECNICO ADMINISTRATIVO, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 33, plaza que se encuentra presupuestada; ADOLFO CHAVEZ BARDALEZ, TECNICO ADMINISTRATIVO II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 095, DOYLI CHUMBE ROJAS, trabajadora que postula a la plaza de SECRETARIA II, Nivel Remunerativo STD, CAP Nº 30; ZARELA MEJIA ALVAN, TECNICO ADMINISTRATIVO III, Nivel Remunerativo STA, CAP Nº 150; JUAN DE LA ROSA CAMPOS TORRES, trabajador que postula a la plaza de ESTADISTICO I, Nivel Remunerativo SPC, CAP Nº 26 y GILBER PUSCAN RUIZ, OPERADOR PAD II, Nivel Remunerativo STB, CAP Nº 63; por lo que a la fecha de la publicación de los lineamientos para el nombramiento, los mencionados trabajadores han rebasado los tres años de continuidad laboral, y conforme se advierte de los instrumentos de gestión de la Municipalidad los puestos laborales que se mencionan son de naturaleza permanente; Que, la Comisión de evaluación ha procedido oportunamente con la evaluación curricular y la evaluación técnica para posteriormente proceder con la entrevista personal a los postulantes, conforme se advierte de cada una de las cartas que obran en los actuados del Informe Técnico, por lo que corresponde emitirse la correspondiente Resolución de Alcaldía; Que, por otro lado, debe precisarse que el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, establece que el ingreso a la carrera pública administrativa será por el nivel inicial de cada grupo ocupacional, y el D.S.Nº 005-90-PCM-Reglamento de la Carrera Administrativa, en su artículo 28 establece que “EL ingreso a la administración pública en la condición de servidor de carrera se efectúa obligatoriamente mediante concurso. La incorporación a la carrera administrativa será por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló”., por lo que en la emisión de la resolución de nombramiento deberá precisarse este extremo legal; Que, el artículo 43 de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”; Que, en este orden de premisas, y con las facultades conferidas por el Artículo 20 inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.-. ESTABLECER la condición laboral de los trabajadores que en el cuadro anexo en línea abajo se indica como PERSONAL NOMBRADO de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, a partir del 30 de junio del 2011, en el Régimen Laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90 PCM, quedando incorporados a la Carrera Administrativa: