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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de agosto de 2011 448239 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Adicionan párrafo final al artículo 10 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 269-2011-CNM Lima, 22 de julio de 2011 VISTO: El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura adoptado en sesión del 14 de julio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura tiene como función extender a los jueces y fi scales de todos los niveles el título ofi cial que los acredita como tales, fi rmado por el Presidente y cancelar los títulos cuando corresponda, de conformidad con lo prescrito por el artículo 21 inciso d) de su la Ley Orgánica, Ley Nº 26397; Que, el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM, en el artículo 10 establece las causales de cancelación del título extendido al juez o fi scal (término en el cargo, destitución, no ratifi cación, reincorporación, traslado, permuta y modifi cación en la denominación de la plaza originaria); Que, el juez o fi scal que por concurso público es nombrado y asume el cargo de acuerdo a ley en una nueva plaza de igual o superior nivel en la misma institución, el título ofi cial de nombramiento anterior queda sin efecto legal alguno de manera automática, situación que no se encuentra regulada en el citado Reglamento, por lo que amerita su consideración en el mismo, a fi n de evitar algún tipo de incertidumbre jurídica; Que, estando al acuerdo de Pleno del Consejo adoptado en sesión del 14 de julio de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21 inciso d) y 37 incisos b) y e) de la Ley N° 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Adicionar un párrafo fi nal al artículo 10 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM del 31 de julio de 2006, con el texto siguiente: Artículo 10.- Causales de cancelación (…) “El juez o fi scal que es nombrado por concurso público y asume el cargo de acuerdo a ley, en una nueva plaza de igual o superior nivel en la misma institución, el título ofi cial de nombramiento anterior queda sin efecto legal automáticamente”. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y al señor Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GARCÍA NÚÑEZ Presidente 674670-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN SBS Nº 8584-2011 Lima, 22 de julio de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. para que se le autorice el traslado de una (01) Agencia, que opera en la Av. Arenas Nº 175, en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac; al inmueble ubicado en la Calle Miscabamba Nº 154 y 156 y Parque Micaela Bastidas Nº 101, ambas direcciones en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la referida Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”, mediante el Informe Nº 123-2011-DSM-“A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009 y Memorandum Nº 410-2011-SABM del 18 de julio de 2011; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. el traslado de su Agencia ubicada en la Av. Arenas Nº 175, en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac; al inmueble ubicado en Calle Miscabamba Nº 154 y 156 y Parque Micaela Bastidas Nº 101, ambas direcciones en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIANA LEÓN CALDERÓN Intendente General de Microfi nanzas (a.i.) 674444-1 Autorizan a Financiera Edyficar la corrección de dirección de oficina especial ubicada en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 8723-2011 Lima, 27 de julio de 2011