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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (12/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de agosto de 2011 448345 Que, con Informe N° 157-2011-GR/MVES la Gerencia de Rentas considera necesario la prórroga del plazo señalado en el artículo 2° de la Ordenanza antes indicada en razón al elevado número de contribuyentes que desean regularizar su situación tributaria en esta Corporación Edil; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo informado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 454-2011-MVES-OAJ y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar el plazo de aplicación del benefi cio excepcional y único previsto en el artículo 2° de la Ordenanza N° 235-MVES, del 12 al 31 de agosto de 2011, conforme a los fundamentos expuestos precedentemente. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Municipalidad de Villa El Salvador www.munives.gob.pe. Artículo 3º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del 12 de agosto de 2011. Artículo 4°.- Encárguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO MOZO QUISPE Alcalde 676834-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Amplían plazos para acogerse a beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 004-2011, modificada por la Ordenanza Nº 016-2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2011-MPC-AL Callao, 4 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2011, se estableció el Programa de Incentivos Tributarios “Cumple Más y Paga Menos 2011”, regulándose los términos, condiciones, plazos y porcentajes de descuento, ente otros aspectos, a considerarse para el acogimiento al referido programa por parte de los contribuyentes de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 016- 2011, se modifi ca diversas disposiciones de la Ordenanza Municipal Nº 004-2011, a fi n de brindar mayores benefi cios a los contribuyentes, y se facultó al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la adecuada aplicación de dicha norma, así como la prórroga de los plazos señalados en la misma; Que, se ha verifi cado que diversos contribuyentes que mantienen deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, desean acogerse a los benefi cios contemplados en la Ordenanza Municipal Nº 004-2011, modifi cada por la Ordenanza Municipal Nº 016-2011, en consecuencia, se requiere la ampliación de los plazos establecidos en esta última para su acogimiento; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1.- Amplíese hasta el 31 de agosto del 2011, la fecha para ser considerado como contribuyente puntual, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2001, modifi cado por el artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 016-2011. Artículo 2.- Establézcase el 31 de agosto de 2011, como plazo para cancelar cuando menos los montos determinados para el 2011, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que se encuentren vencidos, a efectos de ser considerado como contribuyente puntual. Asimismo, señálese el 31 de agosto de 2011, como plazo para acogerse a los benefi cios establecidos en los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2011, modifi cado por el artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 016-2011. Artículo 3.- Precísese que el presente Decreto de Alcaldía únicamente amplía los plazos en los términos descritos en los artículos anteriores, sin modifi car los términos, condiciones y demás conceptos y/o disposiciones establecidos en las Ordenanzas Municipales Nº 004- 2011 y Nº 016-2011, las cuales se mantienen vigentes en cuanto no son modifi cados por la presente norma. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 676817-1 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA Nº 008-2011-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 26 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO POR CUANTO: VISTO en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos