Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2011 (12/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2011

en el Numeral 22.2 para los Generadores, conforme a la escala de sanciones administrativas estipuladas. TITULO VI DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo 13º.- Crease el Premio Anual de Reconocimiento Municipal a las personas naturales, juridicas, instituciones, asociaciones que se destaquen por su compromiso en realizar practicas ecologicas y ambientalmente saludables en la gestion de los residuos solidos. Articulo 14º.- Crease el Programa de Incentivos a los propietarios, residentes, de los predios destinados a viviendas, que realicen actividades de Segregacion en la Fuente y que participen del Programa Municipal de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios del Distrito de Carabayllo. Los incentivos podrian ser sorteos de bienes, descuentos en los arbitrios de recoleccion de residuos solidos, la prestacion de servicios gratuitos o menores costos. Articulo 15º.- Establezcase un Programa de Capacitacion a las personas que realizan actividades de recoleccion selectiva de residuos solidos y la comercializacion de residuos solidos. La asistencia sera obligatoria y condiciona su permanencia en el registro de operadores de residuos solidos y renovacion del certificado de operador de residuos segregados. Articulo 16º.- Establezcase un Programa de Control Medico Obligatorio que se realizara 2 veces al ano en las instalaciones de la Gerencia de Salud, Gestion Alimentaria y Proyeccion Social y la Micro Red de Salud de El Progreso del Ministerio de Salud y sera requisito para renovacion del Certificado de Operador de Residuos Solidos Segregados en la Fuente. TITULO VII DE LAS DISPOSICIONES FINALES Articulo 17º.- Encargase a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Sub Gerencia de Limpieza Publica, Sub-Gerencia de Medio Ambiente, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, Gerencia de Fiscalizacion Administrativa el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 18º.- Dejese sin efecto toda MORDAZA distrital que de forma parcial o total se contravenga con las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. Articulo 19º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 675817-1

Salubridad y Salud y la de Asuntos Juridicos Fiscalizacion y Cooperacion Internacional en la Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 de la Constitucion Politica del Peru establece el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el articulo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales: Que, el articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, establece el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente asi como sus componentes; Que, la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314, senala en su Articulo 10º que: las Municipalidades Distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos de origen domiciliario, comercial y similares a estos, asi como de la limpieza de vias similares a estos, asi como de la limpieza de vias y espacios, y monumentos publicos en su jurisdiccion y su adecuada disposicion final; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004PCM, senala en su articulo 8º numeral 2, que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, la Municipalidad de Carabayllo, cuenta con un eficiente servicio de recoleccion y disposicion final de los residuos solidos que son de su competencia; Que, es importante establecer de manera oficial el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito, a fin de garantizar que continue y mejore el cumplimiento de los procesos establecidos que permiten el recojo efectivo de los residuos que se generan en el distrito, y se promueva el desarrollo de practicas ambientales adecuadas para su disposicion final; Que, es necesario que el Municipio de Carabayllo implemente su Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos, en cumplimiento del MORDAZA legal vigente. Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SISTEMA DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE CARABAYLLO Articulo 1º.- Apruebese el Plan de Manejo de Residuos Solidos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el mismo que corre adjunto como Anexo a la presente Ordenanza. La presente Ordenanza y su Anexo seran publicados en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo 2º.- Encarguese a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el cumplimiento del Plan de Manejo referido en el articulo primero, para lo cual se contara con la activa participacion de las demas Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad. Disposicion Final Unica.- La Sub Gerencia de Limpieza Publica y Sub Gerencia de Medio Ambiente, de la Gerencia de Servicios de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, debera llevar a cabo el MORDAZA de la formulacion e implementacion del Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PIGARS), para lo cual

Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 237-2011-A/MDC Carabayllo, 26 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 004-2011-CSSYS /CAJFYCI/ MDC, de los integrantes de la Comision de Saneamiento, DE LA MUNICIPALIDAD DE

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