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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de agosto de 2011 448301 CULTURA Aceptan renuncia y designan Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2011-MC Lima, 10 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 163-2011- MC, se designó al señor Daniel Alfaro Paredes en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al mencionado cargo, por lo que corresponde aceptar la renuncia, y designar a quien desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011- MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Daniel Alfaro Paredes al cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Christian Humberto Wiener Fresco en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA BACA DE LA COLINA Ministra de Cultura 676838-1 DEFENSA Autorizan viaje de Técnico del Ejército a Canadá, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 338-2011-DE/EP Lima, 11 de agosto de 2011 Visto, la Hoja de Recomendación N° 033 /U-4.d.2, del 4 de mayo de 2011, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, por ser de interés institucional, mediante el documento del Visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprueba la participación del Técnico de Tercera EP Edwin Glibet MACEDO PEREZ, para que participe como alumno en el Curso de Especialización en la Doctrina y la Cooperación Internacional para el Desarrollo del Subofi cial, a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la Provincia de Quebec - Canadá, del 15 de agosto al 02 de diciembre de 2011, lo que va permitir capacitar al mencionado Técnico en nuevos conocimientos, técnicas y métodos factibles de ser insertados en nuestra doctrina, para ser aplicados en nuestros centros de instrucción y entrenamiento; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem N° 38, Anexo 1 (RO), aprobado mediante Resolución Suprema N° 135 -2011 DE, del 12 de abril de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema N° 015-2011 DE/SG, del 13 de enero de 2011; Que, el costo de los pasajes aéreos serán asumidos por el Programa de Asistencia para el Entrenamiento Militar (MTAP) de Canadá, siendo de cargo del Instituto los demás gastos que demande la participación del Técnico comisionado; Que, de conformidad con el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de Situación Militar de Personal de Técnicos, Subofi ciales y Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019 -2004 DE/SG, del 23 de octubre de 2004, el personal que reciba instrucción de perfeccionamiento técnico en el extranjero por cuenta del Estado, no podrá pasar a la situación de disponibilidad a su solicitud sino después de haber servido el tiempo compensatorio establecido de acuerdo a la duración de la comisión o misión; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 -Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Técnico de Tercera EP Edwin Glibet MACEDO PEREZ, identifi cado con DNI N° 43294880 y CIP N° 323413400, para que participe como alumno en el “Curso de Especialización en la Doctrina y la Cooperación Internacional para el Desarrollo del Subofi cial”, que se realizará en el Centro de Entrenamiento de la Provincia de Quebec - Canadá, en el periodo comprendido del 15 de agosto al 02 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de