Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2011 (12/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
Pantalon de Bombero

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2011

DIMATEMAR, efectuada por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para la adquisicion de traje especial y accesorios para lucha contra incendio; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 08 de agosto de 2008, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0029-2008-MGP/DIMATEMAR, efectuada para la adquisicion de traje especial y accesorios para lucha contra incendio, por el valor referencial ascendente a S/. 102,109.09 Nuevos Soles, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de los bienes. 2. El 04 de setiembre de 2008, se publico en el SEACE el otorgamiento de la Buena Pro a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA Marinos Nopo, en adelante el Contratista. 3. El 30 de setiembre de 2008, la Entidad y el Contratista suscribieron el Contrato MGP-DGM/DIALI 2008-018, mediante el cual el contratista se comprometia a entregar los bienes en un plazo no mayor a 14 dias. El monto del contrato ascendia a S/. 77, 890.93 Nuevos Soles. 4. El 02 de octubre de 2008, se suscribio el Acta de Conformidad Bajo Reserva de Pruebas Nº 100-2008 correspondientes a bienes recibidos. 5. Con Carta V.200-3255 de fecha 22 de octubre de 2008, la Entidad comunico al Contratista que se habia incumplido el plazo establecido para la entrega de los bienes, por tal motivo, se aplico la MORDAZA por un monto ascendente a S/. 1, 390.90 Nuevos Soles. 6. El 29 de diciembre de 2008, se suscribio un Acta de Recepcion de Material con Cargo a Garantia tecnica, mediante la cual se hizo entrega al Contratista de la totalidad de los bienes, con la finalidad que se subsanen las discrepancias presentadas durante el control de calidad. 7. Con Carta S/N de fecha 07 de enero de 2009, el Contratista comunico a la Entidad que se habian efectuado las gestiones necesarias para la subsanacion de las discrepancias presentadas, precisando que el fabricante subsanara las deficiencias en un plazo de 45 dias. 8. Con Guia de Remision Nº 001232 de fecha 18 de marzo de 2009, el Contratista realizo la entrega incompleta del material senalado en el Contrato. 9. El 19 de marzo de 2009, la Division de Control de Calidad efectuo la evaluacion del Traje Especial y Accesorios para la lucha contra incendio, concluyendo que el material presentado no cumplia con las especificaciones tecnicas, por ser de MORDAZA categoria, y no presentaba los certificados de fabricacion que garanticen la performance de los bienes. 10. Con Carta notificada por conducto notarial el 05 de MORDAZA de 2009, el Director de Alistamiento MORDAZA solicito al contratista indique las razones por las cuales incumplio con la entrega de 18 trajes especiales y accesorios para lucha contra incendio. 11. Con Carta V.200-1556 de fecha 13 de MORDAZA de 2009, la Entidad comunico al Contratista que luego de efectuada la evaluacion tecnica y control de calidad a los bienes internados, los mimos no cumplen las especificaciones tecnicas, por lo que se solicita el retiro y subsanacion de dichos bienes. Las observaciones fueron las siguientes: DESCRIPCION Botas de bombero Casco para bombero Chaqueta para bombero OBSERVACIONES Incompleta No tiene Certificacion Presenta desgaste Material de MORDAZA Categoria No tiene Certificacion Presenta bordado de la compania de bomberos Material de MORDAZA Categoria

Guantes de Bombero

No tiene Certificacion Presenta etiqueta marcada Cintas reflectoras marcadas Rodilleras con puntos de desgaste No tiene Certificacion Presenta codigo de uso Material de MORDAZA categoria

12. Mediante Carta S/n de fecha 14 de setiembre de 2009, el Contratista comunico a la Entidad que le resultaba imposible atender los bienes objeto de la presente convocatoria con los precios pactados al momento del otorgarse la buena pro. Por tal motivo, con la finalidad de dar cumplimiento al contrato, se adjunto los costos actualizados por un valor unitario a s/. 5, 982.00 Nuevos Soles. 13. Con fecha 16 de setiembre de 2009, la Junta de Evaluacion de Contratos suscribio el Acta Nº 009-2009 en la cual recomendaron acceder a la solicitud del Contratista de entregarse 13 trajes especiales y accesorios para lucha contra incendios. 14. Mediante Carta Notarial V.200-0024 de fecha 05 de enero de 2010, la Entidad solicito al Contratista indique la fecha de entrega de los 13 equipos restantes. 15. Con Carta V.200-606, notificada por conducto notarial el fecha 06 de marzo de 2010, se le otorgo al contratista el plazo limite para el cumplimiento de la totalidad de sus obligaciones. Dicho plazo vencia el 12 de marzo de 2010. 16. Mediante escrito de fecha 16 de MORDAZA de 2010, la Entidad puso en conocimiento de este colegiado los hechos MORDAZA expuestos. 17. Con Carta Nº V.200-1767 de fecha 20 de MORDAZA de 2010, la Entidad remitio la Opinion Legal Nº 022-2010 suscrita por el Capitan de Fragata MORDAZA Tordoya MORDAZA, en la cual se concluyo lo siguiente: a. La existencia de un inadecuado seguimiento al Contrato MGP-DGM/DIALI 2008-018 origino que luego de dieciocho meses aproximadamente se MORDAZA pagado el integro de la prestacion a la empresa contratista y no se cuente con el material adquirido. b. Resulta necesario iniciar las acciones legales correspondientes debido al incumplimiento del contrato. 18. De manera previa al inicio del procedimiento administrativo sancionador, con decreto de fecha 23 de MORDAZA de 2010, se requirio a la Entidad que cumpla con subsanar su comunicacion, debiendo remitir el Informe Legal Complementario de su asesoria sobre la procedencia y presunta responsabilidad del senor MORDAZA MORDAZA MARINOS NOPO, documento en el que debera senalar de forma MORDAZA y precisa la presunta infraccion en la que incurrio, de acuerdo a las causales de aplicacion de sancion tipificadas en el articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 19. Con decreto de fecha 26 de agosto de 2010, se reitero a la Entidad la informacion solicitada. 20. Con Carta V.200.2158, notificada por conducto notarial el 27 de setiembre de 2010, la Entidad dispuso resolver el Contrato Nº MGP-DGM/DIAL-2008-018 de fecha 30 de setiembre de 2008. 21. Con Oficio Nº G.1000-2187 de fecha 30 de setiembre de 2010, la Entidad remitio la informacion requerida. 22. Con decreto de fecha 05 de octubre de 2010, se le solicito a la Entidad se sirva indicar si la controversia habia sido sometida a procedimiento arbitral. 23. Mediante Oficio Nº G.1000-2378 de fecha 19 de octubre de 2010, la Entidad senalo que la controversia no habia sido sometida a procedimiento arbitral. 24. Con decreto de fecha 27 de octubre de 2009, se dispuso iniciar el procedimiento administrativo sancionador contra el contratista, por supuesta responsabilidad en haber dado lugar a la resolucion de contrato, por causal atribuible a su parte. Asimismo, se le otorgo al contratista

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