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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de agosto de 2011 448488 resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a cincuenta (50) efectivos de la Fuerza de Infantería de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para participar de la Conferencia de Jefes de Infantería de Marina de las Américas, del 21de agosto al 5 de setiembre de 2011: 1. General JAMES AMOS 2. Mayor General JOHN CROLEY 3. Coronel JAMES BIERMAN 4. Coronel MICHAEL RAMOS 5. Coronel AUGUSTIN BONALIO 6. Teniente Coronel JON LAUDER 7. Teniente Coronel JONATHAN DONIGAN 8. Teniente Coronel STEPHEN POWELL 9. Teniente Coronel ROBERTO RICHARDSON 10. Teniente Coronel ROBERTO RICHARDS 11. Teniente Coronel JAY EGLOFF 12. Capitán de Corbeta MICHAEL TOLLISON 13. Mayor JOSE FUENTES 14. Mayor JOSE DELEON 15. Mayor MONICA MELLON 16. Mayor MANUEL MUÑOZ 17. Mayor DENNIS L. HAGER II 18. Mayor SCOTT MEREDITH 19. Mayor JOSEPH PLENZER 20. Capitán MEGHAN BIERY 21. Capitán CURTIS THOMAS 22. Capitán TYLER BROTHERS 23. Capitán CHRISTOPHER TROKEN 24. Capitán NAOMI DORREN 25. Teniente Primero ADRIANA DAROCA 26. Teniente Primero SHARON HYLAND 27. Ofi cial Subalterno 4 ELDON BOONE 28. Ofi cial Subalterno 2 KENNETH OTTLEY 29. Técnico Supervisor MICHEAL BARRETT 30. Técnico Supervisor WILLIAM FITZGERALD III 31. Técnico Supervisor STEVE FLICK 32. Técnico Supervisor DAVID PEACOCK 33. Técnico Supervisor JOSE DELOZA 34. Técnico DANIEL BOBBITT 35. Técnico CESAR INFANTE 36. Ofi cial de Mar 1º HOLY FREITAS 37. Ofi cial de Mar 1º WENDY DELEON 38. Ofi cial de Mar 1º DAVID HERCHER 39. Ofi cial de Mar 1º DENIS VANEGAS 40. Ofi cial de Mar 1º JESSYCCA MCKELLOP 41. Ofi cial de Mar 3º ANDERSON SALGADO 42. Ofi cial de Mar 3º ANDREW PETERSON 43. Ofi cial de Mar 3º HUASCAR S. ORTEGA 44. Ofi cial de Mar 3º ANDRES SANGADO 45. Cabo 1º JAY NAVA 46. Cabo 1º ED GALO 47. Cabo 1º PABLO MORRISON 48. Cago 1º DUSTIN HAGEDORM 49. Cabo 2º JACOB JOHNSON 50. Cabo 2º ANGEL CANOSALDIVIAS Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 678258-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 839-2011-DE/SG Lima, 16 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 501 de fecha 2 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de las relaciones bilaterales entre la la Marina de Guerra del Perú y la Armada Nacional de Colombia, personal militar de ese país, realizará una visita técnica y de asesoría a las instalaciones del Servicio Naviero de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la Armada Colombiana, detallado a continuación, para realizar visita técnica y de asesoría a las instalaciones del Servicio Naviero de la Marina de Guerra del Perú, del 16 al 19 de agosto de 2011: 1. Contalmte Gabriel Enrique Mercado Rosa 2. Cap Nav. Juan Carlos Acuña Torres Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 678258-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 840-2011-DE/SG Lima, 16 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 507 de fecha 3 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar diversos países del Continente Americano , sin armas de guerra; Que, el Ejército del Perú realizará la reunión preparatoria de la Conferencia de Comandantes de los Ejércitos Americanos –CCEA que reúne a veinte Ejércitos del Continente Americano y de la cual el Perú es sede durante los años 2010-2011; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado