Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2011 (17/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2011

extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada Colombiana, detallado a continuacion, para realizar una visita tecnica profesional a las instalaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru", del 21 al 23 de agosto de 2011: 1. Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA de Fragata Elber Carreno MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada Colombiana, Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar una visita oficial a la MORDAZA de MORDAZA del Peru", del 22 al 29 de agosto de 2011. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

678258-7 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 844-2011-DE/SG
MORDAZA, 16 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 503 de fecha 3 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar del Batallon de MORDAZA "Jambeli" de la Armada de la Republica de Ecuador, participara en actividades deportivas con el Destacamento de Infanteria de la MORDAZA de MORDAZA del Peru "El Salto", en el MORDAZA de la Medidas de Confianza Mutua; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar del Batallon de MORDAZA "Jambeli" de la Armada de la Republica de Ecuador, detallado a continuacion, para participar en actividades deportivas con el Destacamento de Infanteria de MORDAZA MORDAZA del Peru "El Salto", el 26 de agosto de 2011:
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. CPCB-IM TNNV-IM TNFG-IM TNFG-MD TNFG-OD ALFG-IM SUBP-IM SUBP-IM SGOP-IM SGOP-IM SGOP-IN SGOP-IM SGOP-IM SGOP-IM SGOP-IN SGOS-IM SGOS-SN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECHEVERRIA ARMIJOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERMUDES MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALAREZO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HENRRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RENTERIA MORDAZA MORDAZA WILMER RENTERIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANMARTIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA JACOME MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARROSO WILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREDDY MORDAZA

678258-6 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 843-2011-DE/SG
MORDAZA, 16 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 512 de fecha 4 de agosto de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales entre la la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Armada Nacional de Colombia, personal militar de ese MORDAZA, realizara una visita oficial a la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nº 28899 - Ley que modifica la Ley Nº 27856;

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