TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de agosto de 2011 449214 Ratifican el Intercambio de Notas, Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil para el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia - Benjamín Constant DECRETO SUPREMO Nº 099-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, para el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia - Benjamín Constant, se realizó el Intercambio de Notas, Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y Nota DAI/DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil, ambas de fecha 16 de junio de 2010; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Intercambio de Notas, Nota (RE) Nº 6-2/88 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y Nota DAI/ DAM/1/PAIM-BRAS-PERU del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa del Brasil, ambas de fecha 16 de junio de 2010, para el Establecimiento del Comité de Frontera Islandia - Benjamín Constant. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683861-2 Ratifican el Acuerdo entre Suiza y Perú relativo al Programa “Apoyo a la Descentralización de Espacios Rurales (APODER)” Tercera Fase DECRETO SUPREMO Nº 100-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo a la Descentralización de Espacios Rurales (APODER)” Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008 al 31.12.2011, fue hecha el 3 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Programa “Apoyo a la Descentralización en Espacios Rurales (APODER)” Tercera Fase, con vigencia del 1.10.2008 al 31.12.2011, hecho el 3 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683861-3 Ratifican la Enmienda Uno al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo” USAID N° 527-0412 DECRETO SUPREMO Nº 101-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Uno al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo”, USAID N° 527-0412, fue suscrita el 29 de septiembre de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;