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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de agosto de 2011 449216 VISTO: El ofi cio Nº 022-2011-PE/TC, de fecha 10 de agosto de 2011, del Tribunal Constitucional (TC), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2011 a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2011 a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), con cargo al presupuesto del Tribunal Constitucional (TC); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Tribunal Constitucional el pago de EUR 8,859.94 (Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve y 94/100 Euros) a la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), correspondiente a la cuota del año 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Tribunal Constitucional. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683861-8 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Establecen normas sobre retiro de vehículos abandonados en áreas públicas del distrito ORDENANZA N° 462 -MSB San Borja, 16 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto en la XV-2011Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de agosto de 2011, los FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL