Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2011 (30/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de agosto de 2011

a) Al contado.- Los contribuyentes que realicen el pago total o parcial de su deuda bajo esta modalidad, gozaran de la condonacion de intereses establecido en el inciso b) y c) del articulo 2º de la presente Ordenanza. b) Fraccionado.- Los contribuyentes que realicen el pago de su deuda bajo esta modalidad, gozaran del descuento de los intereses moratorios y/o reajustes, de la siguiente manera:
Nº Cuotas Hasta 3 De 4 a 6 De 7 a 9 De 10 a 12 De 13 a mas % Dscto. de Intereses de la Deuda a Fraccionar 80% 60% 40% 20% 10%

condonacion establecida en el inciso e) del articulo 2º de la presente Ordenanza. Los fraccionamientos seran otorgados hasta por un MORDAZA de 36 cuotas mensuales, y siempre que el total de la deuda sea superior o igual a S/. 2,000.00. Articulo 5º.- FRACCIONAMIENTOS POR DEUDAS TRIBUTARIAS: Aquellos contribuyentes que cuenten con un fraccionamiento otorgado con fecha anterior a la vigencia de la presente Ordenanza, podran desistirse del mismo, sin importar el estado de cobranza en el que se encuentren, y pagar el saldo total o parcial de la deuda con los beneficios referidos el inciso b) del articulo 2º. El saldo de la deuda del fraccionamiento sera el resultante de la deduccion del monto de la deuda fraccionada (deuda inicial), menos las cuotas pagadas hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de desistimiento. El desistimiento sera de forma automatica, para lo cual solo bastara la MORDAZA ante las ventanillas de Atencion al Contribuyente de una solicitud-formato firmada por el titular de la deuda o su representante debidamente acreditado, la misma que sera repartida por los orientadores tributarios en forma gratuita. Articulo 6º.- FRACCIONAMIENTOS POR MULTAS ADMINISTRATIVAS: Aquellos contribuyentes que cuenten con un fraccionamiento por multa administrativa otorgado con fecha anterior a la vigencia de la presente Ordenanza, podran desistirse del mismo, sin importar el estado de cobranza en el que se encuentren, y pagar el 20% del saldo de la multa fraccionada, el cual debe ser en forma total y al contado.

Para acogerse al pago fraccionado, los contribuyentes deudores deberan cumplir los siguientes requisitos: · Estar al dia en el pago de sus tributos del ejercicio 2011. Excepcionalmente, aquellos contribuyentes que tengan mas de un predio, deberan estar al dia en el pago del impuesto predial, asi como de los arbitrios del predio cuya deuda sera materia de fraccionamiento. · Cancelar la cuota inicial equivalente al 10% (como minimo) del importe total de la deuda a fraccionar. Tratandose de contribuyentes pensionistas podran realizar el fraccionamiento cancelando el 5% (como minimo) del monto total de la deuda a fraccionar. · Cumplir con los demas requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 341-MSB. Del mismo modo, aquellos contribuyentes que fraccionen sus deudas, gozaran de la

DIARIO OFICIAL

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