Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2011 (30/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de agosto de 2011

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Convenio Especifico entre Peru y Belgica relativo al "Programa de Apoyo al Desarrollo Sostenible de la MORDAZA de Influencia del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en la Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 098-2011-RE

Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Convenio Especifico entre la Republica Peru y el Reino de Belgica relativo al "Programa de Apoyo al Desarrollo Sostenible de la MORDAZA de Influencia del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en la Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, suscrito el 21 de enero de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores
683861-1

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Programa de Apoyo al Desarrollo Sostenible de la MORDAZA de Influencia del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en la Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, fue suscrito el 21 de enero de 2004, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional;

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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