Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

indicando que esta, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Recursos Humanos, no genera incremento alguno en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) del Despacho Presidencial, ya que los nuevos cargos seran financiados con recursos presupuestados para otros cargos vacantes; Que, conforme al articulo 13º de los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica", aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos que no incida en el incremento del PAP, podra aprobarse mediante Resolucion del Titular de la Entidad, previo informe del organo que tiene a su cargo las acciones de racionalizacion administrativa, que en el caso del Despacho Presidencial es la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo establecido en los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica", aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado el Decreto Supremo Nº 066-2006PCM; Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica, Direccion General de Administracion y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobacion del Reordenamiento de Cargos Apruebese el reordenamiento de cargos y la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Despacho Presidencial, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Publicacion y Difusion La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y su anexo debera publicarse, el mismo dia, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Despacho Presidencial (www. presidencia.gob.pe ). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHUQUIHUARA Secretario General de la Presidencia de la Republica 724687-1

Listado de Municipalidades Rurales en cumplimiento de la Novena Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972; cuyo Informe Final identifico 1249 (mil doscientos cuarenta y nueve) Municipalidades ubicadas en zonas rurales, ademas de senalar que el concepto de "municipalidad rural" resultaba ambiguo y limitante respecto de la distribucion del FONCOMUN que tampoco consideraba el concepto demografico de actividad economica inherente a las zonas rurales; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 4542006-PCM, se conformo la Comision Multisectorial encargada de evaluar la viabilidad de la Modificacion de la Ley Organica de Municipalidades, la misma que en su Informe Final llego a determinar que del total de 1833 (mil ochocientos treinta y tres) Municipalidades Distritales, 1303 (mil trescientos tres) son Municipalidades Rurales; Que, la aprobacion del listado de municipalidades rurales, es sumamente importante en razon que constituye un valioso recurso del Estado para enfrentar exitosamente la lucha contra la pobreza, que en su mayoria se ubica en las zonas rurales del pais; asi como identificar las nuevas condiciones de ruralidad, lo cual es fundamental para promover su desarrollo inclusivo; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Listado de Municipalidades Rurales Apruebese el Listado de Municipalidades Rurales determinado en el Informe Final de la Comision Multisectorial constituida mediante la Resolucion Ministerial Nº 454-2006-PCM, en cumplimiento de lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano y su anexo debera publicarse, el mismo dia en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion conforme al articulo 2º. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Disposicion Complementaria Final Unica.- Elaboracion de proyecto de ley que modifique el Titulo XI de la Ley Nº 27972 Encarguese a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros la elaboracion de un proyecto de ley que modifique el Titulo XI de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en un plazo de treinta (30) dias calendario a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de diciembre del ano dos mil once OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 724843-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban Listado de Municipalidades Rurales del Peru
DECRETO SUPREMO N° 090-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Titulo XI de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, define a las Municipalidades ubicadas en zonas rurales y establece un regimen especial respecto de sus competencias, estructura administrativa y asignacion de recursos; Que, el articulo 139º de la Ley Nº 27972, establece que las municipalidades ubicadas en zonas rurales, son aquellas que funcionan en capitales de provincia o distrito cuya poblacion MORDAZA no es mayor que el 50% (cincuenta por ciento) de su poblacion total; Que, la Novena Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone que mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se aprobara el listado de las municipalidades rurales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 083-2006PCM se constituyo la Comision encargada de elaborar el

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