Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Visto el Memorandum (DAE) Nro. DAE0843/2011 de 28 de noviembre de 2011 de la Direccion de General para Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendose suscribir el "Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Guatemala"; De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de MORDAZA de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de MORDAZA de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la persona del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinot, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, las facultades suficientes para que suscriba el "Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Guatemala". Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinot, Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 724843-9

al Gerente Central de Aseguramiento y al Jefe de la Oficina General de Administracion; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 228PE-ESSALUD-2010 se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversion, Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 283PE-ESSALUD-2010 se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Infraestructura; Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto el numeral 3 de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia General Nº 1406-GG-ESSALUD-2009, a efectos de designar al Secretario General, al Gerente Central de Prestaciones de Salud, al Gerente Central de Prestaciones Economicas y Sociales, al Gerente Central de Aseguramiento, al Jefe de la Oficina General de Administracion, al Gerente Central de Infraestructura y al Jefe de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos como funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del articulo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal, y le compete organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institucion; Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DEJAR SIN EFECTO el numeral 3 de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia General Nº 1406GG-ESSALUD-2009, que aprueba la Directiva Nº 016-GGESSALUD-2009, "Normas para la atencion de solicitudes de accesos a la informacion publica del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD". 2. ESTABLECER que los funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central son: · El Secretario General, respecto a la informacion que posea o produzca la Alta Direccion (Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General), la Oficina Central de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones, Oficina Central de Planificacion y Desarrollo, Oficina Central de Asesoria Juridica, Oficina de Coordinacion Tecnica, Oficina de Relaciones Institucionales, Oficina de Defensa Nacional, Organo de Control Institucional y Defensoria del Asegurado. · El Jefe de la Oficina de Administracion, respecto de la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Prestaciones de Salud, respecto de la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Prestaciones Economicas y Sociales, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Aseguramiento, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Infraestructura, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Jefe de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. 3. RATIFICAR la designacion de los Gerentes y Directores de los Organos Desconcentrados de ESSALUD como responsables de entregar la documentacion solicitada via acceso a la informacion en el ambito de su competencia, efectuada en el numeral 4 de la parte

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 1321-PE-ESSALUD-2011 MORDAZA, 25 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 012-PE-ESSALUD-2007, se aprobo el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Seguro Social de Salud (ESSALUD); Que, de conformidad con el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Estado tiene la obligacion de entregar informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, por lo que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada; Que, el literal b) del articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 0722003-PCM, establece como obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion de acceso publico; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1406-GG-ESSALUD-2009, se aprobo la Directiva Nº 016-GG-ESSALUD-2009 "Normas para la atencion de solicitudes de accesos a la informacion publica del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD", en cuyo numeral 3 de la parte resolutiva se establece como funcionarios responsables de brindar la informacion a la que se refiere el articulo 3º del TUO de la Ley Nº 27806, al Secretario General, al Gerente Central de Prestaciones de Salud, al Gerente Central de Prestaciones Economicas y Sociales,

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