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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de diciembre de 2011 454986 la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 460-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho, integrada por las Municipalidades Provinciales de Caravelí y La Unión en el departamento de Arequipa y Páucar del Sara Sara en el departamento de Ayacucho; así como las municipalidades distritales de Puyusca y Pullo, ubicadas en la provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9º, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Presidente de la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho, solicita la inscripción de la adhesión de las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná, a ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho, en su artículo 23, señala que la adhesión de una municipalidad, procede según el siguiente procedimiento: a) Informe Técnico elaborado por la municipalidad solicitante, que exprese la viabilidad de la adhesión a la Mancomunidad Municipal y a su Estatuto, b) Acta de Sesión del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal, con el acuerdo de adhesión de la municipalidad solicitante, y c) Ordenanza Municipal de la municipalidad solicitante, que ratifi ca la adhesión a la mancomunidad municipal y a su Estatuto, sustentada en el Informe Técnico y en el Acta de Sesión del Consejo Directivo; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adhesión de las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná a la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná, ratifi can su adhesión a la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho; Que, acorde con el Informe Nº 049-2011–PCM/ SD-OGI-NCHL, los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 9º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción, en el Registro de Mancomunidades Municipales, de la adhesión de las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná a la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná a la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho. Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho, queda conformado como sigue: Presidente: Santiago Neyra Almenara, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Caraveli; Director: Alejandro Miranda Díaz, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Páucar del Sara Sara; Director: Angel Ybarhuen Ortega, Alcalde de la Municipalidad Provincial de La Unión; Director: Víctor Antonio Chávez de la Cadena, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Camaná; Director: Héctor Raúl Cáceres Muñoz, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Castilla; Director: Elmer Cáceres Llica, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Caylloma; Director: Miguel Ángel Manchego Llerena, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Condesuyos; Director: César Augusto Rivera Taboada, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Puyusca; y Director: Luis Serafín Tello Ataucusi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, el Acta de Sesión de Consejo Directivo y las Ordenanzas Municipales que ratifi can la Adhesión de las Municipalidades Provinciales de Condesuyos, Caylloma, Castilla y Camaná a la Mancomunidad Municipal del Norte de Arequipa y el Sur de Ayacucho. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion. gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 729175-1 Disponen inscripción de la Mancomunidad Municipal del Norte de Celendín - MAMNORCEL en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 569-2011-PCM/SD Lima, 30 de noviembre de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 001-2011-MAMNORCEL/CEL; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 003- 2011-MDC de la Municipalidad Distrital Cortegana; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDCH de la Municipalidad Distrital Chumuch; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDLP de la Municipalidad Distrital La Libertad de Pallán; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011- MDMI de la Municipalidad Distrital Miguel Iglesias; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Norte de Celendín - MAMNORCEL”; y el Informe Nº 117-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local,