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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de diciembre de 2011 454999 del Doble Casco como medio de prevención y mitigación de los riesgos ante la ocurrencia de derrames de hidrocarburos como consecuencia de un suceso marítimo que afecte la estructura del buque con la consiguiente afectación al ecosistema marino - costero, generando daños en la salud humana, las actividades turísticas, económicas y comerciales que se interconectan con el referido ecosistema, y que en general resulte perjudicial para el ambiente; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Protección del Medio Ambiente, a lo opinado por el Director de Asuntos Internacionales y Normativa, Director del Medio Ambiente, Director de Control de Actividades Acuáticas y lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: 1. Aprobar las normas referidas a la exigencia de contar con Doble Casco por parte de las Unidades Flotantes de Almacenamiento de Hidrocarburos (UFA) y a las Unidades Flotantes de Producción, Almacenamiento y Descarga de Hidrocarburos (UFPAD) de más 5,000 DWT de bandera nacional o extranjera, que operan en el dominio Marítimo del Estado Peruano; las mismas que constituyen los siguientes anexos: - ANEXO 1 Normas referidas a la exigencia de contar con Doble Casco para Unidades Flotantes de Almacenamiento de Hidrocarburos (UFA) y a las Unidades Flotantes de Producción, Almacenamiento y Descarga de Hidrocarburos (UFPAD) de más de 5,000 DWT. - ANEXO 2 Formato de Certifi cado de Exención relativo al Doble Casco para Unidades Flotantes de Almacenamiento de Hidrocarburos (UFA) y a las Unidades Flotantes de Producción, Almacenamiento y Descarga de Hidrocarburos (UFPAD) de más de 5,000 DWT. 2. Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima http://www.dicapi.mil.pe la presente Resolución Directoral y sus anexos (1) y (2), en la misma fecha de su publicación Ofi cial. 3. Derogar toda disposición que se contraponga a lo resuelto en la presente Resolución Directoral. 4. La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese como Documento Ofi cial Público (D.O.P.). CARLOS TEJADA MERA Director General de Capitanías y Guardacostas 728666-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 231-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público ara el Año Fiscal 2011 se aprueba, entre otros, el Presupuesto del Pliego 007 Ministerio del Interior y el Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, de acuerdo a la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las entidades públicas otorgan a sus pensionistas, entre otros conceptos, un aguinaldo por Navidad; para tal fi n se señala que las Leyes de Presupuesto del Sector Público fi jan el monto del Aguinaldo, facultando al Ministerio de Economía y Finanzas a reglamentar dicho otorgamiento mediante decreto supremo; Que, el literal a) del numeral 7.1, del artículo 7º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, fi ja el Aguinaldo por Navidad hasta la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300,00), entre otros, a favor de los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en el régimen del Decreto Ley Nº 19846, el cual incluye a los pensionistas cuyas pensiones son otorgadas a través de la Caja de Pensiones Militar- Policial creada por Decreto Ley Nº 21021; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante los Ofi cios Nºs. 1610-2011-MINDEF/VRD/DIGPP/01 y 544-2011-IN- 0304, los señores Ministros de Defensa y del Interior han solicitado transferencia de partidas para fi nanciar, entre otros, el pago del Aguinaldo por Navidad a favor de los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial, por la suma total de DOCE MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 055 643,00), correspondiendo la cantidad de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 407 564,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa y la cantidad de SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 648 079,00) a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior, los cuales no fueron previstos en los Presupuestos Institucionales de los Pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa; Que, los requerimientos efectuados por los Ministerios de Defensa y del Interior se atenderán con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma total de DOCE MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 055 643,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el numeral 7.1, del artículo 7º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el numeral 3 del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de DOCE MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 055 643,00), para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, los montos necesarios para el pago del Aguinaldo por Navidad a los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la Caja de Pensiones Militar- Policial, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 12 055 643,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 12 055 643,00 ===========