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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de diciembre de 2011 454995 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1312-2011/DE/MGP Lima, 10 de diciembre de 2011 Visto el Ofi cio P.600-1803 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 26 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, modifi cada por el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, autoriza progresivamente, el Nombramiento de Personal en las entidades del Sector Público, que a la fecha de entrada en vigencia de la referida Ley cuenten con más de TRES (3) años de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales y reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondientes; Que, la mencionada disposición también establece que dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público y se efectúa previo concurso público de méritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, el Nombramiento de Personal Contratado es una fi gura prevista en el Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - “Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa”, de fecha 15 de enero de 1990, en el cual establece que el servidor contratado para realizar labores de naturaleza permanente debe ser incorporado a la Carrera Administrativa mediante nombramiento; Que, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal del Sector Público, mediante procedimiento abreviado y concurso, elaborados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, la Ley Nº 29753, autoriza a las entidades del Sector Público a concluir en el año 2011 el proceso de Nombramiento del Personal Contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, y modifi catorias, aplicando los Artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM, que Aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Punto 6. de los Lineamientos para el Nombramiento del Personal Contratado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM, la Dirección de Administración de Personal determinó la evaluación, elaboración y publicación del Personal Civil Contratado que cumple los requisitos para postular en el proceso de nombramiento mediante Concurso Público; Que, mediante Informe Técnico Nº 001, de fecha 25 de agosto de 2011, el Jefe del Departamento de Personal Civil de la Dirección de Administración de Personal, luego de la evaluación efectuada, recomienda el Nombramiento del Empleado Civil Contratado Profesional, Categoría Remunerativa S.I.(1), Médico (Medicina General), Óscar Juan SOTO Caminada, al cumplir con los requisitos para acceder al nombramiento a través del proceso abreviado; Que, en el Numeral 7.2 del Punto 7 de los Lineamientos establecidos en el precitado Dispositivo Legal, señala que el Titular del Pliego, emitirá la Resolución de Nombramiento, la cual dará por concluida el proceso de nombramiento abreviado en la Institución; Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Marina y de conformidad con la Ley N° 29465, el Decreto de Urgencia Nº 113-2009, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, de fecha 18 de diciembre de 2010 y la Ley N° 29753; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, como Empleado Civil de Carrera, al Empleado Civil Contratado Profesional, Categoría Remunerativa S.I.(1), Médico (Medicina General), Óscar Juan SOTO Caminada, CIP. 02080242, DNI. 29387753, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la Presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 729231-2 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL